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Lo denunciaron por discriminar a personas del colectivo LGTB: Qué hizo para evitar una sanción

El acusado pidió una probation, por lo que deberá cumplir pautas de conducta. No se brindan precisiones sobre las víctimas, ni la situación de discriminación.

Una denuncia por un ataque con referencias a la elección sexual fue realizada en una comisaría de Cinco Saltos. La acusación apuntó a una pareja, cuyas identidades no se brindaron como tampoco detalles de la presunta ofensa, y produjo la apertura de una causa contravencional en los términos expresados en el Artículo 40 C del Código provincial, concernientes a “agresiones en la vía pública mediante actos de discriminación en razón de la orientación sexual”.

Pero en este caso le suman el agravante contemplado en el Artículo 41 “por tratarse las víctimas personas pertenecientes al colectivo LGTB (lesbianas, gays, bisexuales y trans).

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Ante los términos expresados en la presentación y su encuadramiento, el expediente fue girado al Juzgado de Paz local, cuyo titular Enzo Espejo con la firma del secretario letrado Mariano Larrasolo, dispusieron que correspondía dictar medidas cautelares y de protección establecidos en el Digesto Contravencional.

La resolución explica que se recabó “prueba suficiente” para imputar al hombre a quien le atribuyeron las agresiones junto a una mujer, que sería su pareja.

En este marco se dispuso ordenarle el “cese de todo acto molesto, violento, perturbador, de hostigamiento y discriminatorio”.

Pero el acusado pidió que le otorgaran la suspensión de juicio a prueba, el procedimiento legal conocido como probation, que permite a un acusado evitar el juicio, aún sin reconocer su culpa, a cambio de reparar el daño con el cumplimiento de pautas de conducta en un determinado lapso de tiempo.

Según explicó el magistrado, se trata de un instrumento creado para “brindar soluciones rápidas a los problemas vecinales cotidianos y evitar su escalada hacia confrontaciones que puedan alcanzar mayor gravedad por consiguiente procurar una herramienta de pacificación social”.

Las medidas que deberá cumplir el denunciado

En este sentido, la resolución puntualizó que el mecanismo “tiene por finalidad la adaptación de la persona a las condiciones de la vida en una comunidad jurídicamente organizada, necesarias para la realización individual y social, asumiendo la responsabilidad de sus acciones y la reparación del daño que han provocado. El magistrado decidió otorgarle el beneficio al acusado y suspender el proceso por seis meses.

Le ordenó al hombre que en ese lapso tiene prohibido mantener contacto personal con la supuesta víctima, con “el cese de todo acto discriminatorio, por todo medio”. Además, debe mantener el domicilio informado y someterse a la supervisión del Juzgado de Paz local.

Además, le advirtieron al imputado que, si llegara a ser condenado por otro hecho contravencional o si incumple “en forma maliciosa y reiterada las reglas de conducta impuestas”, se le dará continuidad al trámite de la causa por discriminación.

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