La Justicia condenó a una empresa del Alto Valle a pagar $35 millones a un cliente
Una empresa de aberturas deberá pagar una millonaria indemnización por no entregar los materiales para terminar una casa en el Alto Valle.
Durante años, un vecino de General Roca soñó con construir un hogar para su familia. Con esfuerzo, dedicación y el aporte de todos los integrantes del núcleo familiar, logró iniciar la construcción de la vivienda. Fue un proyecto que implicó resignar otras metas personales y postergar cualquier gasto que no estuviera orientado a cumplir ese gran objetivo.
Las obras avanzaban a buen ritmo y, con la esperanza de habitar la casa lo antes posible, decidió adquirir las aberturas necesarias para cerrar el inmueble. Así fue como se contactó con la empresa “Fabesur Aberturas de Aluminio”, que envió un empleado a la obra para tomar las medidas correspondientes. Luego, el hombre compró 22 ventanas de aluminio y abonó también, por fuera del contrato, los gastos de instalación.
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Pasaron seis meses desde ese compromiso de entrega, pero las aberturas nunca llegaron. La obra quedó paralizada, y con ella, también el sueño de toda la familia. Con angustia e impotencia, el hombre envió una carta documento e inició un trámite de mediación con la firma.
En esa instancia, la empresa se comprometió a realizar un nuevo relevamiento y entregar las ventanas en un plazo de 30 días, además de bonificar los costos de instalación. Sin embargo, una vez más, Fabesur incumplió con sus propias promesas.
Fin de la relación comercial
Frente al nuevo incumplimiento, el damnificado remitió otra carta documento, comunicó que consideraba disuelto el contrato y presentó una demanda por daños y perjuicios. Solicitó la devolución del dinero pagado, los intereses correspondientes y una indemnización por los daños causados.
La empresa intentó defenderse en sede judicial argumentando que el cliente no había pagado a término, que no había cancelado el total del precio y que la demora en la entrega se debía a que la obra no estaba en condiciones de recibir las aberturas. Pero esas afirmaciones no fueron acompañadas de pruebas suficientes.
El Juzgado Civil y Comercial N° 5 de General Roca acreditó el incumplimiento por parte de Fabesur y falló a favor del consumidor. Además, habilitó al demandante a ejercer las acciones contempladas en la Ley de Defensa del Consumidor.
En su sentencia, el juez consideró el impacto económico y emocional que tuvo el incumplimiento contractual sobre la vida del demandante y su familia. Por eso, condenó a la empresa a abonar más de 35 millones de pesos en concepto de daño directo, daño emergente, privación de uso y daño moral.
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