Pervertido confesó que manoseó a un adolescente y después lo buscó por teléfono
Los padres del menor de 16 años hicieron la denuncia y el abusador fue imputado. Admitió su culpa, fue condenado, pero sigue libre.
La mañana del 6 de junio último un hombre ingresó a una mueblería de Fernández Oro en momentos en que se encontraba solo atendiendo al público el hijo de los propietarios, un adolescente de 16 años de edad.
El supuesto cliente primero le pidió un número de contacto del comercio, mientras le preguntaba por los precios de distintos artículos.
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Sin embargo aprovechando la cercanía de ambos y que se encontraban a solas, inesperadamente puso su mano en la zona genital del chico y le realizó “tocamientos libidinosos”. El menor logró alejarse del pervertido, quien le pidió que lo perdonara, para luego proceder a retirarse del local.
Sin embargo no fue todo, porque posteriormente intentó contactarlo mediante mensajes que le envió al número de celular que el muchacho le había informado.
Los padres realizaron la denuncia en la Comisaría 26 de la vecina localidad, desde donde enviaron una patrulla a la mueblería para dar inicio a la investigación.
El testimonio de la víctima brindado en presencia de la Defensora de Menores fue una de los indicios relevantes de la causa, al igual que el de sus padres. También contaban prueba significativa las capturas de pantalla con los mensajes que el depravado le había enviado.
Los casos por violencia de género fueron numerosos en el arranque del año.
J.R.A. -así aparece identificado en las constancias judiciales- fue imputado por el delito de “abuso sexual simple”.
El caso avanzó hacia la instancia de juicio, y en una audiencia realizada la semana anterior la fiscal Rocío Guiñazú Alaniz y el abogado defensor Ricardo Perramón le comunicaron al juez Julio César Sueldo que habían consensuado cerrar el proceso un juicio abreviado, que establecía condenar a J.R.A. a diez meses de prisión en suspenso. Era factible esa resolución porque carece de antecedentes penales.
El acusado aceptó la sanción planteada en el acuerdo, lo que significó que reconocía haber cometido el hecho. El juez Sueldo homologó el acuerdo y dictó el fallo como lo plantearon las partes, al indicar que el abuso habia quedado comprobado.
Prohibición de acercamiento y tratamiento psicológico
J.R.A. no irá a prisión en esta instancia, aunque deberá obedecer las pautas de conducta establecidas por el plazo de dos años.
Por empezar tiene prohibido acercarse a menos de 200 del domicilio de la víctima y del comercio donde cometió el abuso. Tampoco lo debe contactar por ningún medio y en caso de encontrarse en forma casual en algún lugar, deberá ser él quien se retire.
Además deber realizar una terapia psicológica y presentar el certificado de inicio en el término de tres meses. Se indicó que el tratamiento, que tiene el objetivo de “evitar la producción de hechos de esta característica”, lo deberá efectuar hasta su finalización o durante los dos años de las pautas.
El resto de las medidas son de rigor: mantener domicilio, no cometer nuevos delitos ni consumir drogas ni abusar de bebidas alcohólicas, “sobre todo en lugar público”. Además deberá presentarse cada dos meses al Instituto de Asistencia de Presos y Liberados -IAPL, organismo al que quedará a disposición de sus controles.
El fallo le advierte a JRA que en caso de incumplimiento le revocarán la condicionalidad de la sentencia, y la deberá cumplir tras las rejas.
El magistrado también dispuso, como lo establece el Código Penal rionegrino, comunicar el fallo al Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoInS).
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