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Piden 7 años para ex municipal por abusos a hijastra

El fiscal de Cámara lo consideró culpable de los ataques sufridos por la niña.

Se cerró el juicio contra el ex empleado municipal acusado de abusar de su hijastra y el fiscal de Cámara solicitó una pena de 7 años de prisión efectiva. Al finalizar la audiencia, representantes de las organizaciones no gubernamentales que acompañan a la víctima y su familia pudieron reunirse con Gustavo Herrera, quien les dio precisiones sobre su alegato.

El delito atribuido al acusado, identificado como Gabriel, es el de abuso sexual simple, agravado por el vínculo y por la relación de convivencia preexistente. De acuerdo con la investigación inicial, la víctima fue atacada cuando tenía entre 3 y 6 años de edad. Pero la denuncia por lo sucedido se presentó recién en el 2014, luego de que la menor pudiera animarse a contar lo vivido cuando era una niña.

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A la hora de enumerar las pruebas principales, la fiscalía mencionó “el testimonio de la Cámara Gesell”, que “fue claro y que existía un dictamen pericial en el cual se había determinado que el testimonio de la niña es creíble”.

Por otro lado, Herrera le restó valor a un informe de una perito de parte y le remarcó al tribunal que el perito oficial era un experto en la cuestión de credibilidad en los relatos de los menores, mientras que la perito de parte, quien dictaminó lo contrario, presentaba una formación general en psicología.

Asimismo, Herrera fue crítico del trabajo de la profesional y evaluó que por momentos la perito brindaba su opinión con llamativa “liviandad” y hasta falta de rigor científico.

Teniendo en cuenta lo anterior y la prueba recabada durante la investigación, el fiscal apuntó que el hecho se encontraba debidamente probado, tanto en su ocurrencia histórica como en la autoría por parte del procesado, destacaron desde el Ministerio Público Fiscal.

Una vez cerrado el juicio, el fiscal se reunió con la madre de la víctima y con representantes de agrupaciones sociales que trabajan sobre el tema de los abusos infantiles para explicarles en qué había consistido su alegato y la posibilidad cierta de una condena.

Un hecho con varios agravantes

Respecto del monto de la pena, el Ministerio Público Fiscal puntualizó que el abuso sexual simple agravado por el vínculo “prevé penas que van desde los tres a los diez años de prisión. Por este motivo, siguiendo la jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, se toma la mitad de la pena y se tienen en cuenta los atenuantes y los agravantes, circunstancias en las cuales el fiscal estimó acertado el cumplimiento de siete años de cárcel”.

Según la fiscalía, “el hecho llevado a juicio ocurrió en Cipolletti, a mediados del año 2014, cuando el imputado habría realizado tocamientos libidinosos en contra de la menor de cinco años, con la que convivía”. Contemplando estas circunstancias Herrera entendió que a la calificación legal de abuso simple, se debían agregar los agravantes por el vínculo entre el imputado y la menor y el de la relación de convivencia preexistente al hecho.

El proceso oral que comenzó en marzo fue presidido por los integrantes de la Cámara Primera. Durante las audiencias, declaró el imputado, la madre de la víctima, se vio la cámara Gesell que se le hizo a la niña y se realizó un careo entre los psicólogos de ambas partes. Mientras uno de los profesionales aseguró que el relato de la víctima era verosímil, la perito de parte del acusado sostuvo que sus dichos “no son verosímiles”.

La sentencia se conocerá en un plazo de diez días.

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