Cuestionan a una jueza por no investigar un crimen
A mediados de la semana pasada, se conoció un fallo de la jueza neuquina Mara Suste que roza el escándalo en lo que se refiere al intercambio de responsabilidades entre funcionarios judiciales de las provincias vecinas. Las diferencias tienen relación con el homicidio del joven Abel Laurín, quien fue baleado desde Río Negro cuando se encontraba en territorio neuquino. Las opiniones disímiles en cuanto a la competencia determinaron que la causa termine en manos de la Corte Suprema de Justicia, y que los familiares de la víctima hagan público su repudio a la forma en que se manejó lo sucedido los primeros días de febrero de este año.
De lo resuelto por la magistrada de la vecina provincia se destacan un sinnúmero de críticas a la jueza de Instrucción Sonia Martín. Uno de los puntos más graves, según lo indicado por Suste, es la demora en que incurrió la magistrada cipoleña que, después de tres meses, declinó su intervención. “El legajo fue remitido de manera urgente a la provincia de Río Negro para su intervención. Sin embargo, recién el 2 de junio de 2015, a tres meses de remitido el legajo a esa jurisdicción, Sonia Martín decidió no aceptar la declinatoria de competencia e invitar a dirimir la cuestión ante la Corte Suprema”, precisó Suste.
Desde la justicia neuquina, se resaltó la inicial intervención del fiscal José Rodríguez Chazarreta. A la vez, se mencionó que los autores habrían sido individualizados y que viven en Cipolletti. En este marco, Suste planteó: “Nótese lo impropio a los fines de una correcta economía procesal la no aceptación de la competencia por parte de la jurisdicción de la provincia de Río Negro, toda vez que para ordenar un allanamiento se deberá exhortar a un juez de Cipolletti, para ordenar una detención también se deberá exhortar a un juez de Cipolletti, para ordenar una requisa también se deberá exhortar a un juez de Cipolletti; en definitiva, para cualquier medida de prueba deberá hacerse lo mismo”. A modo de conclusión, Suste advirtió: “Todo ello conspira indefectiblemente en la búsqueda de la verdad, celeridad del proceso, debido ejercicio de la defensa de los imputados y tutela judicial efectiva que garantice a la familia de la víctima obtener una respuesta en tiempo oportuno”.
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