Denunció que su ex fue a su trabajo y lo atacó a golpes y arañazos: qué resolvió la Justicia
La víctima, empleado de una empresa, sufrió heridas en el rostro y la cabeza. La acusación fue de caracter penal y se presentó como querellante.
Un vecino de Cipolletti acusó a su ex pareja de atacarlo violentamente en su lugar de trabajo. La denuncia fue de carácter penal y el hombre se constituyó como querellante en la causa.
Según relató, el hecho ocurrió la mañana del 15 de febrero de 2024, cuando la mujer -identificada con las siglas BEW- se presentó en su domicilio laboral y con la intención de dañar su salud lo atacó a “golpes y arañazos en la cabeza”.
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Una certificación médica indicó que le provocó heridas en el lóbulo de la oreja izquierda que requirió sutura, y en tres partes del cuerpo cabelludo, donde también le tuvieron que aplicar puntos.
La agresora fue imputada por el delito de “lesiones leves”, calificación que fue aceptada por la víctima a través de su abogado Luciano Troncoso, quien lo representó en la querella.
Pedido de probation
En la misma audiencia, realizada el 20 de noviembre de 2024, el abogado particular de la acusada, Pablo Barrionuevo pidió que le otorgaran la suspensión del juicio a prueba, el procedimiento legal conocido como probation que permite evitar el juicio penal si cumple las reglas de conducta. La propuesta establecía la prohibición de acercamiento tanto al domicilio de la víctima como a la firma donde trabaja, presentaciones bimestrales, no cometer nuevos delitos, abstenerse de consumir drogas ni bebidas alcohólicas en exceso y abonar un resarcimiento simbólico de 20.000 pesos al hospital local.
El defensor fundamentó el requerimiento en la escala penal prevista para el delito y la carencia de antecedentes penales de la mujer.
La fiscal Yessica Montenegro, aceptó lo peticionado al considerar que se trata de una “salida alternativa adecuada para resolver el conflicto primario”. Lo mismo manifestó el querellante, quien manifestó que lo había conversado previamente con su asistido, quien no planteó objeciones.
En una nueva audiencia realizada semanas atrás, la defensa solicitó el sobreseimiento de BEW dado el vencimiento del plazo fijado y el “cumplimiento integral” de las medidas de comportamiento, incluido el resarcimiento que lo hizo efectivo en dos cuotas de $10.000 y no había cometido nuevos delitos.
Tanto la Fiscalía como la Querella aceptaron el planteo, por lo que el momento de resolver la jueza de Garantías Amorina Sánchez Merlo declaró extinguida la acción penal y dictó el sobreseimiento de la mujer.
“Uno de los principios que guía el proceso penal vigente es que juezas, jueces y fiscales procuren la solución del conflicto primario surgido a consecuencia del hecho, contribuyendo a restablecer la armonía entre los protagonistas y la paz social”, expresó la magistrada.
Conflicto resuelto
Agregó en el mismo sentido que la suspensión de juicio a prueba “constituye una herramienta prevista por el legislador para permitir que, en determinados supuestos, el conflicto penal pueda resolverse sin necesidad de arribar a una sentencia condenatoria, siempre que la persona imputada se someta voluntariamente a un conjunto de reglas de conducta durante un plazo determinado, orientadas a evitar la reiteración delictiva, favorecer su reinserción social y promover una responsabilización concreta frente al hecho cometido”.
En el fallo declaró, como se lo ordena el Código Penal, que el proceso judicial iniciado a BEW “no afecta el buen nombre y honor” que hubiera gozado con anterioridad.
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