Cipolletti: pagó una 0 km, tuvo fallas y ahora le deberán dar otra nueva
Una familia compró una camioneta nueva, a los meses presentó fallas. La Justicia ordenó una restitución y una multa millonaria. Los motivos.
El fuero Civil de Cipolletti condenó a una automotriz y a dos concesionarias a sustituir una camioneta cero kilómetro que presentó fallas reiteradas durante el período de garantía. Se trató de una Ford Ranger, adquirida para uso familiar.
La demanda de consumo se inició tras la compra de una Ford Ranger DC 4x2 XL Safety 2.5L nafta. Según consta en el expediente, el vehículo comenzó a presentar ruidos en el motor a los pocos meses de uso.
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Con bajo kilometraje, la unidad ingresó al taller de una concesionaria oficial para su revisión. En esa primera intervención se reemplazaron piezas vinculadas al motor, aunque el inconveniente no logró resolverse de manera definitiva.
Reingresos al taller y fallas persistentes
Tras la reparación inicial, las personas consumidoras advirtieron que los ruidos continuaban. Con el paso del tiempo, la camioneta volvió al servicio técnico por nuevos inconvenientes, en esta oportunidad relacionados con el sistema de embrague.
Las órdenes de reparación incorporadas a la causa reflejaron múltiples ingresos al taller. También se registraron cambios de repuestos y reclamos vinculados a ruidos al accionar el pedal de embrague, tanto al presionarlo como al soltarlo.
El tribunal valoró que durante el primer año de uso el vehículo fue intervenido en reiteradas oportunidades sin lograr una solución definitiva. Esa situación fue considerada como una reparación no satisfactoria.
El análisis judicial y la Ley de Defensa del Consumidor
En su fallo, el fuero Civil analizó la relación de consumo y aplicó la Ley de Defensa del Consumidor. Determinó que los compradores actuaron como consumidores, mientras que la automotriz y las concesionarias integraron la cadena de comercialización.
En ese marco, la sentencia sostuvo que la garantía legal cubre defectos que afectan el correcto funcionamiento del bien. Por lo tanto, las empresas resultaron responsables por las fallas detectadas en la unidad adquirida.
La prueba técnica fue clave para la resolución del caso. La pericia mecánica constató ruidos anormales tanto en el sistema de embrague como en la caja de cambios, pese a los reemplazos realizados previamente.
El informe también señaló que el vehículo tenía escaso kilometraje y que los problemas persistían. Incluso se mencionó la posibilidad de un defecto de fabricación o ensamblaje, aunque no se pudo determinar con precisión su origen.
Orden de sustitución de la unidad
A partir de estos elementos, el tribunal ordenó la sustitución de la camioneta por otra cero kilómetro de iguales características. Además, dispuso que todos los gastos necesarios para la entrega e inscripción quedaran a cargo de las empresas condenadas.
La resolución se basó en el artículo 17 de la Ley de Defensa del Consumidor, que contempla el derecho a la reparación satisfactoria o, en su defecto, al reemplazo del producto cuando presenta fallas persistentes.
Una vez firme la sentencia, las personas consumidoras reclamaron el cumplimiento de la transferencia del nuevo vehículo. El expediente establecía que las demandadas debían acreditar el trámite registral en un plazo determinado.
Demora en la transferencia y multa millonaria
Sin embargo, según consta en las actuaciones judiciales, la obligación no fue cumplida en tiempo y forma. Frente a esa situación, el fuero Civil resolvió aplicar sanciones conminatorias para garantizar la ejecución de la sentencia.
Se trata de las denominadas astreintes, multas diarias que el Poder Judicial puede imponer para forzar el cumplimiento de una resolución. En este caso, la sanción quedó vinculada al tiempo de demora en la transferencia.
El expediente acreditó que el trámite finalmente se concretó el 22 de abril de 2026. A partir de esa fecha, dejó de correr la penalidad económica establecida por el tribunal.
En total, se computaron 76 días hábiles judiciales de incumplimiento. Con ese cálculo, la multa quedó fijada en $1,33 millones, suma que deberá ser abonada a favor de las personas que impulsaron el reclamo.
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