Reforma de la Constitución de la Provincia de Río Negro
“Así como la publicación de un acto delictivo un centenar de veces por día genera la percepción de cien hechos y de una tremenda inseguridad, la manifestación reiterada de la necesidad de reformar la constitución de Río Negro puede convencer a la población que la solución de todos sus problemas se resolverían con el acceso a una nueva constitución.
Mentira que la solución está en la reforma, la misma sólo servirá para ocultar los graves problemas que tendremos durante este año y el que viene. La situación salarial de la administración pública, la cuestión de la educación y la salud pública, el endeudamiento creciente, el déficit financiero, la incapacidad para administrar los destinos provinciales y la pobreza de ideas son los verdaderos problemas que tiene la provincia y que con la más actual de las constituciones podrá mágicamente revertir.
Si uno de los argumentos que explican los radicales reformistas es que esta constitución es antigua, ya que data del 3 de junio de 1988, deberían darse cuenta por lo tanto, que ellos lo son más pues están gobernando la provincia desde el año 1983.
También deberían darse cuenta, que los 21 años no alcanzaron para que los radicales cumplieran efectivamente con los preceptos sabiamente incorporados en la constitución de 1988.
Sistema carcelario, amparo a la niñez y tercera edad, vivienda digna, cogestión y autogestión en la producción y participación en la ganancia, carrera administrativa del agente público, salud, derecho de huelga y política científica y tecnológica son algunos de los títulos de la Carta Magna que tienen cumplimiento deficiente por parte del gobierno.
No mencionamos educación en el párrafo anterior pues queremos destacar con especial énfasis los conceptos en ella vertidos, respecto del tal Derecho, cuando afirma que:
Ø La educación es un instrumento eficiente para la liberación, la democracia y el inalienable respeto por los derechos y obligaciones del hombre.
Ø Es un derecho de la persona, de la familia y de la sociedad, a la que asiste el Estado como función social prioritaria, primordial e irrenunciable, para lograr una sociedad justa, participativa y solidaria.
Ø El Estado asigna en la ley de presupuesto un fondo propio para educación no menor de un tercio de las rentas generales, sin perjuicio de los demás recursos que se le otorguen”.
Lo que la gente reclama no es una reforma constitucional, sino que los que gobiernan tengan la vocación de solucionar los problemas más elementales que tiene la sociedad y tal vez luego, aparezcan los pedidos de cambios en la carta magna. De esta forma estaremos seguros que la reforma no es fruto de la especulación de perpetuidad de un partido o de sus dirigentes”.
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