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Llevaba a su compañera al trabajo, chocaron y se terminó la amistad: qué resolvió la Justicia

El sorprendente caso que genera gran debate en Bariloche. "Por eso...", sostienen quienes se indignan con la actitud de la víctima.

Dos compañeras de trabajo iban juntas camino al Catedral de Bariloche, el auto perdió el control en una calle con hielo, chocó contra un cerco y la acompañante terminó con una fractura de rodilla que le dejó incapacidad permanente.

Lo que siguió sorprende: la pasajera demandó a la conductora que la llevaba. A pesar del buen gesto de su compañera de llevarla al trabajo, se basó en las graves consecuencias que le trajo aparejado el accidente. La justicia civil le dio la razón y ordenó una indemnización que cubre la incapacidad, los tratamientos y el daño personal sufrido.

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La pasajera, que viajaba en el asiento delantero, fue la más afectada. El golpe le provocó una fractura en la rodilla que obligó a una intervención quirúrgica. A partir de ese momento, comenzó un proceso de recuperación extenso, con rehabilitación física y controles médicos constantes.

El tratamiento no se limitó a lo físico. La lesión dejó secuelas que también alcanzaron el plano psicológico. La necesidad de asistencia profesional se extendió en el tiempo y formó parte del cuadro general que luego se evaluó en el expediente.

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Con el paso de los meses, la recuperación no logró restablecer por completo su estado anterior. Los informes periciales determinaron que las consecuencias del accidente derivaron en una incapacidad permanente, con impacto directo en su vida cotidiana y laboral.

Inició una demanda contra su compañera y conductora

Frente a ese escenario, la mujer inició una demanda por daños contra la conductora del vehículo, su compañera de trabajo. El reclamo incluyó distintos conceptos vinculados a las consecuencias del accidente: la incapacidad, los tratamientos médicos y psicológicos, los gastos derivados y el perjuicio personal sufrido.

La parte demandada cuestionó la responsabilidad. Sostuvo que el hecho respondió a condiciones excepcionales del camino y planteó que la pasajera habría contribuido al daño, sin que se precisara ni acreditara una conducta concreta en ese sentido. También intervino la aseguradora, que reconoció la cobertura pero impugnó los términos del reclamo.

El análisis judicial se centró en la responsabilidad por el uso del vehículo. La existencia del accidente y la presencia de la víctima dentro del auto no fueron discutidas. A partir de allí, el eje pasó a determinar si existía alguna causa que permitiera eximir a la conductora.

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Los accidentes son frecuentes camino al Cerro Catedral.

Los accidentes son frecuentes camino al Cerro Catedral.

No surgieron pruebas que respaldaran las defensas planteadas. Los testimonios no aportaron elementos directos sobre el momento del choque y no se acreditaron conductas de la pasajera que pudieran haber influido en el resultado. Tampoco se verificaron factores externos que rompieran el vínculo entre el hecho y el daño.

La sentencia aún puede ser apelada

En ese contexto, el caso quedó encuadrado en un esquema de responsabilidad objetiva. La relación entre el vehículo y el daño resultó suficiente para atribuir la responsabilidad, ante la ausencia de elementos que permitieran desplazarla.

Las pericias tuvieron un peso central en la definición del caso. Los informes médicos y psicológicos establecieron el grado de incapacidad y describieron las secuelas que dejó el accidente. Esos datos se utilizaron como base para fijar la indemnización.

El fallo admitió la mayor parte de los rubros reclamados y fijó una indemnización a favor de la mujer que iba de acompañante. La sentencia de primera instancia no está firme porque puede ser apelada.

Debate y críticas en redes sociales

La mayoría cuestionó la actitud de la acompañante de demandar a la conductora que la llevaba al trabajo, más allá de las delicadas lesiones sufridas.

"Esto hace que uno deje de ser solidario con compañeros y amigos. Que mala compañera y persona", fue uno de los comentarios. "No hay que llevar nunca más a nadie", otro.

Y vos, ¿qué pensas?

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