Pidieron sumarle una nueva condena a exintendente de Fernández Oro
La fiscalía pidió cinco años de prisión para Juan Reggioni por el delito de “administración fraudulenta y uso de documento ideológicamente falso”. Reclaman sumarle una condena previa.
El fiscal Gustavo Herrera pidió condenar al ex intendente de Fernández Oro, Juan Oscar Reggioni, a la pena de cinco años de prisión e inhabilitación de por pida a ocupar cargos públicos por el delito de “administración fraudulenta y uso de documento ideológicamente falso”.
El ex funcionario ya había sido hallado culpable en el juicio de responsabilidad realizado semanas atrás, y en la mañana de este lunes se realizó la audiencia de cesura en los tribunales de Cipolletti.
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Herrera pidió una pena total de 6 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, al sumarle una sentencia anterior de un año y medio de prisión por negociaciones incompatibles y estafa por un lote social en el que estuvieron implicados su pareja, Eva Maldonado, y su hijo, Diego Quintero.
Mientras que el abogado defensor de Juan Reggioni, Rodrigo Martínez, solicitó una pena de un año de cárcel en suspenso y totalizarle un año y seis meses de cumplimiento condicional.
El profesional anticipó de todos modos que recurrirán la declaración de responsabilidad y que solicitarán la absolución.
La causa se inició por un plan de viviendas que se proyectó con fondos nacionales que se recibieron en cuatro desembolsos, pero las obras no se terminaron de concretar.
En la audiencia este lunes declararon seis testigos, de los 12 previstos originalmente. Todos fueron propuestos por la defensa, por lo que los testimonios resaltaron la integridad de Reggioni, tanto en el ámbito político como personal.
Dina Muñoz, actualmente integrante del Tribunal de Cuentas de la vecina localidad y allegada partidaria del dirigente a quien consideró su “mentor”, destacó la gestión de gobierno realizada por el condenado.
Débora Quintero aseguró que Reggioni “hizo mucho por mi pueblo” y resaltó su estilo de gobernar. “Siempre escuchó a la gente”, sostuvo y resaltó que es “una persona buena”.
En la misma línea se manifestó Guillermo Fortunati, pareja de la hija del ex intendente; el conocido peluquero Alberto Dimenza; Aldo López y Walter Salamanca.
El tribunal integrado por los jueces Guillermo Merlo, Alejandro Berenguer y Juan Puntel, informaron que la condena se conocerá el próximo lunes 30 de junio a las 14,
“Como patrón de estancia”
El fiscal Herrera cuestionó duramente el desempeño de Reggioni por su estilo personalista de llevar adelante el gobierno municipal.
Dijo que para Reggini “el estado no existía” y que “se manejaba como patrón de estancia”.
“No se sabe que hizo con la plata, solo se sabe que las casas no se construyeron”, aseveró el fiscal, quien reclamo un castigo que permita enviar “un mensaje a la sociedad”.
“No queremos más administradores corruptos”, enfatizó.
También resaltó un elemento que introdujo su yerno al momento de declarar, referido a un complejo de alquiler turístico que Reggioni posee en Playas Doradas, el balneario de Sierra Grande.
Dijo con tono suspicaz que el dato es “muy interesante”, pero no profundizó.
Una declaración jurada adulterada
Reggioni fue hallado culpable en el juicio de responsabilidad en el que el tribunal tuvo por acreditado que utilizó una declaración jurada adulterada para destrabar el último desembolso de un plan nacional de viviendas.
El proyecto solo alcanzó a construir seis de las doce unidades previstas entre 2014 y 2015.
El tribunal analizó si existió una maniobra para obtener fondos nacionales sin que se cumplieran las condiciones establecidas en el convenio firmado entre el municipio y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.
El acuerdo preveía construir doce viviendas en seis meses, con fondos que serían liberados en cuatro etapas contra certificaciones de obra.
El entonces jefe comunal gestionó tres de los cuatro desembolsos, es decir, el 75% del financiamiento total.
En su declaración jurada, afirmó haber ejecutado ese 75%, lo que equivaldría a haber construido 9 viviendas. Sin embargo, durante el juicio se acreditó que solo se construyeron 6 viviendas, sumando tanto las completadas como las parcialmente ejecutadas. Esto representa apenas el 50% del total comprometido.
A pesar de ello, se presentó una rendición de cuentas que informaba un avance físico del 75%, lo que permitió que Nación aprobara el cuarto y último desembolso.
Para ello, se utilizó una declaración jurada suscripta en agosto de 2015 que no contaba con la firma del maestro mayor de obras que había intervenido en las certificaciones anteriores. Esa omisión, unida al porcentaje irreal de avance informado, constituyó el núcleo de la maniobra observada por el tribunal, según la prueba presentada en el juicio.
No robó ni falsificó documentos
Ese fue el único punto que justificó la declaración de culpabilidad: se descartó que Reggioni hubiera falsificado documentos materiales o que se hubiera apropiado del dinero en beneficio propio. La resolución determinó que violó los deberes emergentes del convenio, al permitir que se presentara una certificación que no reflejaba el estado real de las obras.
Asimismo se desestimó que el perjuicio económico derivado del cuarto desembolso pudiera atribuírsele, ya que su ejecución correspondía a la gestión municipal siguiente, que estuvo a cargo del intendente que lo sucedió, el actual responsable del IPPV, Mariano Lavin.
En ese sentido, el veredicto advirtió que el cuarto desembolso se concretó en marzo de 2016, ya fuera del mandato de Reggioni, y que su trazabilidad fue dificultada por la mezcla de fondos con otros planes nacionales, como “Techo Digno”. También se consignó que la investigación no siguió la ruta del dinero.
Ante esta situación, se remarcó que la falta de documentación, el desorden administrativo y las inconsistencias en los archivos del municipio deberán ser investigadas por el Ministerio Público Fiscal.
Había otras cuatro personas imputadas que fueron absueltas por falta de pruebas: Fabio Huenchunao, Diego Quinteros y Luis Méndez, presidentes de tres cooperativas. Mientras que Carina Marín, quien operó como nexo informal entre el municipio y las cooperativas, también fue absuelta.
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