Los acusaron por talar árboles en un área protegida, pero no se lo pudieron comprobar
La Policía detuvo a dos hombres con motosierras y una camioneta llena de troncos. Los imputaron, pero las pruebas no fueron suficientes.
La tarde del 23 de septiembre del año pasado la Policía de Fernández Oro detuvo a dos hombres acusados de haber talado varios árboles de distintas especies de la Reserva Forestal Puerto Viejo, un paradisíaco paraje ubicado sobre la costa del río Negro, declarado área protegida por ordenanza municipal.
El operativo, que tuvo amplia trascendencia en aquel momento, se puso en marcha luego de que vecinos alertaran a las autoridades que escuchaban el rugido de motosierras en el sector, donde ya se habían registrado cortes de árboles de manera ilegal.
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Una patrulla de la Comisaría 26 concurrió al lugar y sorprendió a dos hombres con dos motosierras y que se movilizaban en dos vehículos, un auto Volkswagen Gol y una camioneta Chevrolet que estaba cargada con leña, de acuerdo a lo que precisó un comunicado de la Policía, que fue acompañado con una foto que muestra una gran cantidad de troncos cortados y las maquinarias secuestradas.
Ambos sospechosos, domiciliados en el barrio Costa Sur de Cipolletti, fueron imputados por el delito de "daño doloso en grado de flagrancia". Se precisó que habían destruido seis ejemplares de Olivillo, Sauce Criollo y Fresno Americano.
Sin embargo y pese a las evidencias recolectadas que se expusieron, la investigación no logró recabar pruebas sólidas para avanzar en la acusación, y así lo expresó en una audiencia realizada recientemente la fiscal Adjunta, Yesica Montenegro, quien solicitó el sobreseimiento de los acusados, identificados como Gabriel Edgardo Millar y de Mariano Alexander Millar.
Según explicó, “se encontraron con la imposibilidad de reunir elementos objetivos que les permitan avanzar en la investigación de la presente causa”.
Precisó al respecto que “se trabajó en tratar de reunir más evidencia y lo cierto es que no se pudo establecer que los imputados hayan sido quienes cortaron y quisieron llevarse los elementos del lugar”.
La postura del cuidador del predio
Además resaltó la Fiscal, no pudieron ubicar a la persona que dio aviso a la policía, y sumó a los argumentos que el cuidador del predio “manifestó no tener interés en que se avance con esta investigación”. Agregó, en tanto, para sostener el requerimiento que los acusados no registraban antecedentes computables.
El defensor oficial Horacio Briges Doyenhart, como era de esperar, adhirió y ratificó los dichos del Ministerio Público Fiscal. Expresó en el mismo sentido que consideró “una decisión razonable y acertada, más allá del análisis que tendrá que hacer la magistrada”.
La jueza Sonia Martín accedió el requerimiento de la Fiscalía con el acompañamiento de la Defensa y dictó el sobreseimiento de los dos hombres.
Explicó que la Fiscalía es la encargada de “reunir la prueba de cargo” y que en este caso “ha merituado que la evidencia que recogiera hasta la fecha no resulta suficiente para avanzar en la acusación contra los imputados”.
Mientras que aclaró que consideró que esa decisión “es resorte exclusivo del Ministerio Público Fiscal, puesto que es el único que tiene en conocimiento de todo el legajo”.
En el fallo, la magistrada declaró que la iniciación del proceso “no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado” los imputados, como se lo ordena el Código Penal.
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