Conflicto entre vecinas por un posteo en Facebook desnudó un reproche sentimental
Una disputa entre dos vecinas derivó en la intervención de la Justicia de Paz rionegrina, que impuso medidas cautelares que ambas deben cumplir. Un hombre aparece en el medio.
Una mujer denunció a otra por una publicación que realizó en redes sociales. Sostuvo que fue una agresión que la expuso a un “peligro concreto de lesiones y hacia la integridad de su seguridad”, por lo que ante el temor tuvo que colocar cámaras de video vigilancia.
Sostuvo además que como es docente, el incidente ”afecta su función, ya que se utilizó un medio masivo de difusión”.
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Como prueba acompañó copias de las capturas de las imágenes publicadas. Pidió que la acusada termine los actos molestos y de hostigamiento y que se dispongan medidas de protección.
Se enojó porque molesta a "su amigo"
El conflicto se desató recientemente en Sierra Grande, la localidad rionegrina ubicada en la costa atlántica provincial, que adquirió notoriedad porque allí se construye el mega proyecto para la exportación de gas y petróleo de Vaca Muerta.
La denuncia promovió la apertura de una causa contravencional con la intervención del Juzgado de Paz local, cuya titular Carola Suárez, tras analizar el contenido de su declaración, convocó a la acusada para que brindara su versión.
La audiencia se realizó mediante video llamada el último 7 de agosto y la mujer no desmintió los cargos que le achacaban.
Por el contrario, declaró que “reaccionó de esa manera” (por la publicación) porque “está cansada que esta persona (por la denunciante) moleste a su amigo”.
La magistrada consideró que los hechos se encuadraban en el artículo 40 de la ley 5592, que sanciona “los actos de intimidación, acoso o amenazas que alteren la tranquilidad o seguridad de las personas”. También mencionó que la norma prevé cuando “para la comisión de la falta se utilizare medios de difusión masiva, internet, redes sociales, similares o cualquier forma de transferencia de datos”.
Frente al conflictivo escenario, Suárez dispuso una serie de medidas cautelares por el término de 90 días que ambas deberán cumplir.
Prohibiciones mutuas
Por empezar, tienen prohibido ejercer cualquier acto de violencia o intimidación, incluyendo contactos verbales, telefónicos, digitales o por redes sociales, ya sea en forma directa o indirecta. La medida incluye mensajes verbales, telefónicos, digitales de terceras personas, familiares o allegados, así como la difusión de cualquier comentario, referencia o publicación relativa a los hechos o a la personas.
También les impuso la prohibición de acercamiento mutuo, tanto en sus domicilios, lugar de trabajo o de permanencia habitual a una distancia no menor a los 200 metros.
En la resolución la jueza también les advirtió que el incumplimiento de lo dispuesto podrán ser objeto de las sanciones previstas en la normativa contravencional, que van desde la amonestación, instrucción especial, trabajo comunitario, abordaje interdisciplinario, multa o arresto.
Asimismo instruyó notificar lo dispuesto a la Comisaría 13º de Sierra Grande, para que tome intervención, controle y registre el cumplimiento de las medidas ordenadas.
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