Condenaron a los policías que detuvieron ilegalmente a una mujer, pero siguen libres
La víctima había sido pareja de uno de los uniformados. La interceptaron en la calle y la obligaron a subir a un patrullero. Recibieron penas de prisión en suspenso, inhabilitación temporaria y pautas de conducta.
Dos suboficiales de la Policía rionegrina fueron condenados a distintas penas de prisión condicional -por lo que seguirán libres- tras reconocer en un juicio abreviado que secuestraron en un patrullero a la ex pareja de uno de ellos, quien no quería aceptar que la relación se había terminado e insistía para volver.
El castigo incluye la inhabilitación temporaria para cumplir funciones en la fuerza y el cumplimiento de pautas de comportamiento.
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El violento hecho de abuso policial se produjo el 30 de diciembre del año pasado en la ciudad de Cinco Saltos, cuando el sargento Primero de apellido Benavidez y el sargento Carrasco a bordo de un vehículo de la institución en el que realizaban recorridas de prevención, interceptaron a la víctima cuando esperaba el colectivo para ir a trabajar y la hicieron subir a la fuerza luego de someterla a malos tratos.
Por la gravedad con que fue cometido y las pruebas que lo corroboraban, el episodio generó una enorme repercusión pública y hasta la jefa entonces de la institución, comisario mayor Mary Carmen Carrizo, anunció el paso a situación pasiva y el inicio de un sumario administrativo a ambos acusados, además del proceso judicial penal.
En el relato efectuado por la mujer en la Comisaría de la Familia de Cinco Saltos, donde la ex pareja se presentó en forma intimidante, relató que alrededor de las 10 de la mañana aguardaba el colectivo cuando se detuvo el móvil policial del que bajó su ex Carrasco -que estaba uniformado- y la increpó diciéndole “te vi con alguien”, “por qué me hiciste eso”, “sos una hija de puta”, “eso no se hace”, “te vas acordar de mi, porque todo vuelve”, “devolveme mis cosas”.
La chica le contestó que le llevaría las cosas que le reclamaba a su casa, pero el hombre le ordenó que subiera el móvil para ir a buscarlas. Pero además la agarró de un brazo e intentó meterla de prepo, por lo que se desató un forcejeo.
De todos modos el policía le arrebató una mochila que contenía sus billetera y efectos personales, y se las entregó al otro efectivo que estaba dentro del auto. Ahí ella tomó el celular del conductor del móvil.
Los uniformados se fueron con la mochila de la mujer, pero minutos después volvieron y le entregaron el bolso y le pidieron el teléfono.
"Te vas a acordar de mi..."
Pero el policía bajó nuevamente y le manoteó el dispositivo, pero no le entregó la mochila. En ese momento se acercaron otros dos policías que andaban de peatonal y Carrasco les ordenó que la subieran al patrullero. Ellos “inducidos en error” la hicieron subir a la fuerza y fue trasladada en contra su voluntad.
La mujer estuvo retenida dentro del móvil policial de manera ilegal hasta que luego de transitar varias cuadras, entre insultos, amenazas y forcejeos, la obligaron a bajar del patrullero.
En el lugar del descenso, Carrasco la volvió a increpar y con la intención de amedrentarla le dijo “te vas acordar de mi hija de puta, acordate que todo vuelve”, generándole temor sus dichos. Carrasco le hizo entrega de la mochila con el faltante de una billetera de color negra, que él mismo sustrajo, que contenía documentación personal de la mujer.
Ambos policías fueron imputados por el delito de “detención ilegal”.
Acuerdo de juicio abreviado
La causa avanzó hacia un juicio abreviado consensuado entre el fiscal Leandro López; el abogado querellante que representó a la víctima, Enrique Palmieri y los defensores de los acusados, Leandro Ruiz de Carrasco y Leonel Herrera Montovio de Benavidez.
La propuesta establecía para Carrasco la condena de 3 años de prisión en suspenso, inhabilitación especialmente por el plazo de 6 años para el ejercicio de funciones de seguridad dentro de la Policía de Río Negro y pautas de comportamiento por el plazo de 3 años.
Mientras que para Benavídez acordaron un año y 6 meses de prisión en suspenso, inhabilitación por tres años y medidas de comportamiento por dos años.
El juez Guillermo Merlo aceptó el acuerdo y dictó el fallo en los términos señalados por las partes. Consideró que la culpabilidad había sido confesada por los imputados, a lo que sumó las pruebas recabadas en la investigación. Además del testimonio de la víctima, valoró las declaraciones de los policías que participaron en el procedimiento, una testigo presencia e imágenes de cámaras de seguridad que registraron el ataque a la mujer.
Pautas de conducta
Entre las medidas conducta, se revolvió que Carrasco las deberá cumplir por un lapso de tres años y Benavídez por dos años.
Los dos deberán mantener el domicilio; no cometer nuevos delitos; abstenerse de consumir alcohol y estupefacientes en la vía pública; someterse al control del Instituto de Asistencia de Presos y Liberados y la prohibición de acercamiento a menos de 200 de la víctima. También deberán realizar un curso virtual de masculinidades abonar una suma no determinada en concepto de reparación a la mujer.
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