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Condenaron a su papá por haberla manoseado, pero seguirá en libertad

La víctima le relató lo padecido a una amiga y tomaron conocimiento las autoridades de la escuela a la que concurren, donde se aplicó el protocolo. El hombre confesó y lo condenaron a prisión en suspenso.

Otro caso de abuso sexual intrafamiliar quedó al descubierto cuando la víctima, menor de edad, le contó a una amiga que su papá la había manoseado. El relato llegó a las autoridades de la escuela a la que concurren las menores, desde donde se aplicó el protocolo para estos casos y alertaron a la mamá de la víctima, quien realizó la denuncia que dio inicio a la causa penal.

El hombre -identificado como GAR- admitió su culpa y fue condenado a tres años de prisión condicional, por lo que podrá seguir en libertad. La pena acordada en un juicio abreviado incluye el cumplimiento de pautas de comportamiento por el término de dos años. Entre ellas no podrá acercarse a la jovencita a menos de 200 metros, aunque es un punto que podría variar.

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El episodio ocurrió el 13 de octubre de 2022 en un domicilio de Balsa Las Perlas, donde convivía la familia.

Las Perlas

La fiscalía representada por Rocío Guiñazú Alaníz, sostuvo en la acusación que esa mañana el hombre estaba acostado en una cama junto a su hija, y en un momento dado se puso frente a ella y “con los ojos cerrados y riéndose” introdujo su mano por adentro del pantalón y le realizó tocamientos en la cola y luego en la vagina.

El hecho fue calificado como “abuso sexual simple doblemente agravado, por el vinculo y por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechándose de la convivencia preexistente”.

GAR iba camino al juicio oral, pero en la audiencia de control de acusación, instancia previa al debate, la fiscal y el defensor Oficial Sebastián Nolivo, informaron que habían consensuado una solución alternativa con la pena de cárcel condicional y las reglas de comportamiento.

La propuesta fue aceptada por las víctimas, como también por la Defensora de Menores que la representó.

También lo avaló GAR, lo que implicó reconocer que había cometido el abuso contra su propia hija.

La confesión y las pruebas

El juez Guillermo Merlo resolvió homologar el acuerdo y dictó el fallo en los términos planteados por las partes. Sostuvo que “aparece dentro de los límites legales”.

Sostuvo que la autoría y culpabilidad del progenitor quedó verificada con la prueba presentada por la fiscalía, además de que el acusado había reconocido su responsabilidad en el hecho.

En este aspecto,destacó la declaración de la menor en cámara Gesell, como también el de su madre, su amiga y los docentes y directivos de la escuela y una integrante del ETI que intervino.

También valoró el aporte de psicólogos y profesionales del Cuerpo de Investigación Forense, que asistieron a la chica y una médica pediatra del hospital Heller de Neuquén, quien brindó asistencia la víctima y su amiga cuando las atendieron en la guardia.

Lejos de la menor

El fallo de Merlo incluye las pautas de conducta por el término de dos años que también fueron consensuadas por las partes.

La medular indica que el hombre tiene prohibido acercarse a la adolescente a una distancia menor de 200 metros, aunque podría ser modificada, ya que el fuero de Familia debe definir el régimen de visitas.

Las demás reglas son de rigor: someterse al control de Instituto de Asistencia de Presos y Liberados; mantener domicilio, no cometer nuevos delitos ni consumir alcohol y estupefacientes en la vía pública.

El magistrado dispuso asimismo, tal lo establece el Código Penal, comunicar la sentencia al ReProCoInS (Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual).

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