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Condenaron al violento que quemó a su pareja con agua caliente, pero seguirá libre

Admitió su culpa y le dieron un año de prisión en suspenso y pautas de conducta. Entre ellas la prohibición de acercamiento. El ataque ocurrió en General Roca.

La Justicia de General Roca condenó a un año de prisión en suspenso al hombre que quemó con agua caliente y agredió a golpes a su pareja en un hecho ocurrido el viernes de la semana pasada en un domicilio de esa ciudad.

La pena le permite al sujeto seguir en libertad, aunque tendrá que cumplir una serie de medidas de comportamiento. En caso de incumplimientos le podrían recovar el beneficio de la condicionalidad de la sanción, y cumplirla tras las rejas.

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El ataque se produjo alrededor de las 19:30 en el inmueble que compartían junto al hijo de 8 meses que tienen en común. El violento incidente causó una gran conmoción en toda la región e inicialmente trascendieron versiones que no quedaron corroboradas en la investigación, aunque se confirmó que el hecho fue sumamente violento.

Golpe a la olla y una trompada

“Mientras la señora estaba cocinando, se suscitó una discusión con el imputado, que comenzó a insultarla. La víctima tenía una olla con agua caliente en la mano, y el hombre le pegó al objeto, provocando que el contenido cayera sobre la víctima. Además, le dio una piña a la mujer. Todas las lesiones fueron certificadas como leves”, relató la fiscalía en su acusación en la audiencia realizada el domingo.

Agregó que “Seguido a esto, la víctima agarró al bebé, salió al patio y fue auxiliada por los vecinos. Fue el rápido accionar policial que permitió detener al hombre”.

La Fiscalía imputó al sujeto por delitos cometidos con una mujer y el mismo domingo solicitó, en el marco de un juicio abreviado, que fuera condenado y cumpla con estrictas reglas de conducta, propuesta que fue aceptada por la víctima.

Violencia de género

La calificación legal por la que el hombre fue condenado es la de “lesiones leves doblemente calificadas por la relación de pareja y por ser cometidas por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género”, según los Artículos 45, 92 en función del Artículo 89 y 80 inc. 1 y 11 del Código Penal.

Como sustento probatorio para la formulación, la fiscalía mencionó la denuncia penal radicada por la víctima, el acta de procedimiento y croquis ilustrativo realizado por el personal de la Subcomisaría 67 de Padre Stefenelli, entrevistas, certificados médicos, tanto del personal del Siarme como del médico policial, el informe de la intervención de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

Luego de que se tuvieron por formulados los cargos, el Ministerio Público Fiscal -tras asesorar a la víctima y contando con su conformidad- y la defensa penal pública que asistió al imputado, solicitaron la aplicación de un juicio abreviado.

Reconoció su culpa

El imputado fue consultado por la jueza de Garantías interviniente si reconocía ser el autor de los hechos, como también si aceptaba la calificación legal y la aplicación de un año de prisión en suspenso con reglas de conducta – prohibición de acercamiento a la víctima y adonde ella se encuentre- como también una evaluación que realizará el Cuerpo de Investigación Forense respecto de la acreditación de un tratamiento. A lo que el hombre contestó a todo que si.

De esta manera, y al renunciar las partes a los plazos procesales, el agresor comenzó a cumplir la pena el mismo domingo.

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