Brutal: denunció que perdió un embarazo por los golpes en la panza que le dio su pareja
La causa se inició por violencia de género. La Justicia de Paz dictó medidas cautelares para protegerla. Además pidió la intervención de la Fiscalía. La acusación es escalofriante.
La Fiscalía Descentralizada de Cinco Saltos iniciará una investigación por las agresiones físicas y lesiones denunciadas por un mujer que perdió un embarazo y lo adjudicó a los golpes recibidos por parte de su pareja.
La presentación la realizó la semana pasada en la Oficina Tutelar de la Mujer, el Niño y la Familia de la Comisaría 44 de Villa Manzano, la localidad ubicada en el Alto Valle rionegrino.
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La causa se encuadró en un caso de violencia familiar, de acuerdo a lo que establece la Ley 3040, por lo que fue elevada a la Justicia de Paz, donde su titular subrogante, Marta Fuentes, dictó medidas cautelares para resguardar a la mujer.
Pero además le dio intervención al Juzgado de Familia y al fuero penal ante la posible comisión de un delito de instancia pública.
El relato de la chica causa escalofríos. Describió “un patrón de violencia progresiva” que se extendió durante los últimos siete meses, pero que escaló a la “agresión física”, destaca el documento judicial.
"El bebé no era nada..."
Precisó que SC -así identifican al acusado- la golpeó en la panza a pesar que sabía que estaba embarazada, y que terminó perdiendo el bebé.
El ataque, agregó, incluyó insultos y amenazas, expresiones de menosprecio como “se hace la artista" o "que es una cualquiera" y que hasta degradó su salud mental al tratarla de “loca", dado que encima sufría ataques de pánico.
El grado de hostilidad del hombre llegó a negar la gravedad de la pérdida del hijo. Recordó que le dijo que "el bebé no era nada, las cosas pasan por algo".
Pero no fue todo, porque como tuvo que requerir atención médica, aseveró que le ordenó que “mintiera al médico sobre la causa de las lesiones, como un evidente intento de controlar y manipular la situación”.
La Comisaría de Villa Manzano, donde quedará detenido el condenado.
La Jueza de Paz sostuvo que los hechos señalados “incluyen violencia física, violencia psicológica” y “violencia contra la libertad reproductiva” que reflejan “una conducta de utilización de mecanismos de control coercitivo y dominación” y “una clara configuración del rol dominante/dominado, donde el denunciado ejerce poder asimétrico y control sobre la Sra”.
Resaltó asimismo que en el relato de la víctima “se puede advertir un riesgo inminente y actual, justificado por la gravedad de las agresiones físicas y la escalada de la violencia en un marco de control coercitivo”.
En ese marco, Fuentes resolvió en primer lugar la prohibición de ingreso y acercamiento de SC, a una distancia no menor de 500 metros del domicilio de la denunciante y de cualquier otro lugar donde transite, ya sean públicos o privados.
La restricción incluye también cualquier medio de contacto, como telefónico, correo electrónico, menaje de texto o por redes sociales.
La magistrada también le advirtió al hombre que ante el incumplimiento de las medidas incurrirá en el delito de desobediencia a una orden judicial y deberá responder ante el Ministerio Público Fiscal.
Además, con carácter de “urgente” y con habilitación de “días y horas inhábiles” notificó la resolución a la Subcomisaría 61 de Barda del Medio para realice “la vigilancia de su efectiva observancia”.
Por otra parte, le ordenó al acusado concurrir de manera obligatoria a una terapia psicológica, que podrá encaminar en un hospital público o establecimiento privado con el fin de la “internalización de su responsabilidad y el abandono de comportamientos violentos”. Para la mujer también le indicó recibir asistencia y tratamiento psicológico.
La disposición establecida por la jueza incluye requerir la intervención de la Fiscalía Descentralizada de Cinco Saltos debido a que, “las agresiones físicas y las lesiones causadas” a la víctima “podrían configurar delitos de instancia pública”.
También puso en conocimiento al Juzgado de Familia para continúe el expediente por la Ley 3040. Las pautas tendrán una vigencia inicial de 90 días, lapso que podrá ser modificado en el fuero familiar.
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