Asistió a una clase de natación y no salió del agua: imputan por homicidio a un guardavidas y una docente
La profesora de natación realizó un ejercicio en la pileta municipal con seis alumnos, pero uno de ellos nunca emergió del agua. Realizaron maniobras de RCP pero falleció en el lugar.
La Justicia de Río Negro imputó a dos personas por el delito de homicidio culposo de un niño de 11 años. El trágico episodio sucedió durante una clase de natación en la pileta municipal de General Roca, cuando los docentes indicaron un ejercicio que consistía en sumergirse, pero uno de los estudiantes no emergió del agua.
La acusación fue impulsada por el Ministerio Público Fiscal, que atribuyó a la profesora de natación y al guardavida, una conducta negligente en el deber de cuidado de los menores de edad. Según la hipótesis fiscal, la falta de supervisión fue determinante en el fatal desenlace que derivó en la muerte del nene de 11 años.
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El trágico hecho en una clase de natación
Según la teoría de la Fiscalía, el hecho ocurrió el 22 de diciembre de 2023 en la pileta municipal de General Roca. “Alrededor de las 11:40 de la mañana, los imputados —una profesora de natación y un guardavidas — estaban a cargo y tenían bajo su supervisión a seis chicos y chicas, entre quienes se encontraba la víctima, participando de una clase de natación”, indicó la magistrada.
Durante el desarrollo de la clase, la profesora indicó un ejercicio que consistía en sumergirse bajo el agua, pero el niño no emergió a la superficie como el resto de sus compañeros. La situación fue advertida minutos más tarde por los docentes responsables, quienes procedieron a retirarlo del agua.
“Se les indicó un ejercicio y el niño no salió a la superficie como lo hicieron los demás. Esta situación habría sido advertida minutos después por ambos imputados, quienes lo sacaron del agua y comenzaron a realizar maniobras de RCP hasta la llegada de la ambulancia”, explicó la fiscalía.
Un descuido fatal
Pese a las maniobras de reanimación cardiopulmonar realizadas en el lugar, el menor falleció. La Fiscalía indicó que el tiempo de inmersión sin asistencia inmediata resultó determinante en la muerte del niño.
“Con dicho accionar, ambos habrían omitido el deber de cuidado al no advertir lo que ocurría. Ese tiempo de inmersión prolongada sin supervisión efectiva ni asistencia inmediata provocó que el menor sufriera un episodio de ahogamiento por sumersión, falleciendo como consecuencia de una asfixia vinculada a dicha circunstancia”, sostuvo el Ministerio Público Fiscal.
La calificación legal por la cual fueron imputados es la de “homicidio culposo”, según los artículos 45 y 84 del Código Penal.
La defensa de la profesora de natación y el guardavida
Entre las pruebas recolectadas en la investigación para esta formulación de cargos, se incluyó el acta de procedimiento policial de la Comisaría 21°, antecedentes médicos del niño fallecido, entrevistas, certificado del médico policial, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística, registros de cámaras de seguridad, la autopsia y la ampliación del informe realizado por el Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial.
También se agregaron informes del municipio de General Roca, entrevistas realizadas mediante el dispositivo de Cámara Gesell y la intervención del Cuerpo de Investigación Judicial de la Policía de Río Negro.
El defensor cuestionó la acusación y argumentó falta de pruebas
Por su parte, el defensor penal público que asiste al guardavida y a la docente de natación cuestionó la acusación y sostuvo que no existen pruebas suficientes para la formulación de cargos.
“Para esta parte no hay elementos suficientes para formular cargos en esta instancia, y consideramos necesario realizar un estudio histopatológico antes de arribar a una conclusión definitiva respecto de la causa de la muerte”, remarcó el defensor.
“Por ello sostenemos que no han cometido ningún tipo de delito”, indicó el representante de la defensa.
La jueza dio por formulados los cargos
Durante la audiencia, la jueza de Garantías explicó las líneas investigativas que deberán profundizarse en los próximos meses, ante la presencia de la madre y el padre del niño, quienes estuvieron acompañados por su querellante.
“La investigación deberá determinar si la asfixia por inmersión señalada como causa de muerte se produjo por negligencia o imprudencia de quienes estaban a su cuidado, o si fue consecuencia de una patología previa del niño que, aun con la debida diligencia, no se hubiera podido evitar. Estas son las dos teorías del caso planteadas en esta audiencia”, indicó la jueza.
Finalmente, la magistrada dio por formulados los cargos en los términos expuestos por la fiscalía, con adhesión de la querella, y fijó un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria. En ese período, las partes deberán profundizar la producción de pruebas para esclarecer las responsabilidades en el hecho.
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