Megabanda: confirman prisión preventiva para Forno y sus cómplices
El Tribunal de Impugnación consideró que los imputados incumplieron las pautas de conducta impuestas y permanecerán detenidos.
El Tribunal de Impugnación resolvió confirmar la prisión preventiva para el líder de la megabanda, José Chiqui Forno, y sus dos principales colaboradores, Aníbal Meneses y Pablo Muñoz. Según se consideró, los imputados incumplieron las pautas de conducta impuestas y permanecerán detenidos.
Tras la sentencia, los imputados -condenados a penas de 30, 25 y 23 años respectivamente- permanecían en libertad con estrictas pautas de conductas. Sin embargo, en agosto de 2019, los fiscales Gustavo Herrera, Santiago Marquez Gauna y Guillermo Merlo solicitaron que se dicte la prisión preventiva, entendiendo que habían violado las disposiciones de los jueces para mantener la libertad.
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En estas circunstancias, el Tribunal -integrado por Alejandra Berenguer, Laura Gonzalez Vitale y Marcelo Gomez- entendió que estaba probada la violación a las pautas de conducta.
En cuanto al líder de la banda, "Chiqui" Forno, se consideró que el mismo había podido mantenerse por fuera del monitoreo dispuesto por la tobillera electrónica que se le había colocado por el plazo de dos horas, brindando distintas explicaciones que no resultaron suficientes para el tribunal.
“Definitivamente eludió por un rango de más de dos horas el control tutelado de su libertad y luego ensayó explicaciones que se convirtieron en baladíes ante la demostración efectuada por el Lic. Calvo de la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME) en audiencia”, concluyeron oportundamente.
Un segundo imputado logró sustraerse, de una forma similar, del control mediante el dispositivo GPS durante 47 minutos en julio pasado.
Al tercer acusado, en cambio, se le endilgó que había violado la pauta de conducta que le impedía comunicarse con los restantes miembros de la asociación ilícita. Para resolver su cautelar, se tuvo en cuenta la declaración del titular de la UADME que explicó que dispositivos GPS detectaron que el acusado y el líder de la banda se encontraron a una distancia menor de metro y medio en tres oportunidades los días 13, 29 y 30 de julio del año pasado.
La resolución de los magistrados cipoleños fue impugnada ante el Tribunal de Impugnación provincial, integrado por los jueces Rita Custet Llambí, Ignacio Gandolfi y Carlos Reussi, que durante la feria estival decidieron confirmar la medida cautelar.
De la audiencia participaron el fiscal jefe Santiago Marquez Gauna, el representante de la querella, Iván Chelía y los abogados particulares Federico Diorio, Oscar Pineda y Federico Batagelj.
El Tribunal de Impugnación en diciembre pasado ya había confirmado la sentencia en contra de los imputados por los delitos de asociación ilícita y robos calificados imponiendo penas de 19, 20 y 30 años de prisión para los tres implicados.
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