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Les podrían dar hasta 50 años por estafas con tierras

Se lo anticipó el STJ a dos cipoleños acusados de una maniobra ilícita que perjudicó a 98 familias.

Una mujer y un hombre que habrían estafado a casi un centenar de personas no pudieron zafar del juicio y esta semana el Superior Tribunal de Justicia de la provincia confirmó lo resuelto por la ex Cámara en lo Criminal Primera de Cipolletti, que se pronunció en forma negativa a la posibilidad de una probation. Remarcaron que podrían ser castigados con hasta 50 años de cárcel.

De esta forma, los imputados identificados como Norma Daniel Vega y Gustavo Gabriel Romero tendrán que rendir cuentas por un total de 98 casos de presuntas estafas con terrenos ubicados en las cercanías del parque industrial de esta ciudad. Según lo que se pudo verificar en la investigación previa, los autores del ilícito ofrecían tierras y, además, asociaban a las personas a una cooperativa. El proyecto incluía la construcción de la vivienda.

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Lejos de sospechar, varias familias empezaron a pagar una cuota mensual, con la ilusión de acceder a la casa propia en un plazo prudencial. Pero el tiempo pasó y finalmente comprobaron que habían sido víctimas de una gran estafa. A partir de esto, intervino la Justicia local y avanzó con la acusación en contra de Vega y Romero, quienes aparecían al frente de la cooperativa.

“Los damnificados resultaron ser cerca de cien personas y los hechos imputados pueden ser subsumidos en múltiples estafas a quienes pretendían un bien tan preciado como la vivienda. Ello autoriza a sostener de modo razonado que la eventual pena de prisión no sería de cumplimiento en suspenso, aun cuando se parta de un mes, en tanto puede llegar a los cincuenta años”, remarcaron desde el STJ.

Desde la fiscalía hubo una marcada oposición a la suspensión del juicio a prueba o probation y la defensa, de manera paralela, buscó revertir lo decidido por los camaristas. Primero impulsó una casación y, finalmente, un recurso de queja ante el STJ, que fue rechazado.

En la instrucción, se puntualizó que los imputados aparecen ligados a “98 hechos de estafa, consistentes en maniobras ardidosas como miembros de una cooperativa de viviendas ubicada en las instalaciones del Club San Pablo de la ciudad de Cipolletti, para engañar a las víctimas, que depositaron dinero mensualmente en concepto de pago de cuotas para la compra de un terreno ubicado detrás del parque industrial y para gastos administrativos. Cada uno de los perjudicados era también asociado a la cooperativa”.

Los acusados son Norma Vega y Gustavo Romero, quienes enfrentarán un juicio oral en 2018.

Los recursos, con varias carencias

A pesar de los esfuerzos de la defensa para que contemple la probation, el STJ fue muy contundente a la hora de mencionar los elementos que impedían otorgarles ese beneficio a los acusados. Asimismo, consideró que los recursos tenían varias carencias: “La queja se establece como remedio procesal directo tendiente a lograr la apertura del recurso principal. Para ello, el recurrente debe procurar rebatir los argumentos contenidos en la denegatoria sobre la base de una fundamentación que demuestre la sinrazón de aquel auto interlocutorio, efectuando una crítica concreta y motivada, para así invalidarla. En tal orden de ideas, la queja en análisis no puede prosperar, pues no refuta los motivos brindados por la Cámara en lo Criminal, lo que impide la habilitación de la instancia atento al defecto formal señalado”.

Después, recordó que la fiscalía, “en ejercicio de su política criminal, ha considerado la necesidad de llevar el caso a juicio en el entendimiento de que prima facie no sería factible solicitar la imposición de una pena de cumplimiento condicional”.

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