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La condenaron por impedir que su ex visite a su hijo

La sentencia fue dictada por César Gutiérrez Elcarás tras un juicio desarrollado hace una semana. El fallo no tiene antecedentes en la provincia.

El juez cipoleño César Gutiérrez Elcarás marcó esta semana un importante antecedente en materia de causas penales por impedimento de contacto, al pronunciarse a favor de una demanda interpuesta por un cipoleño. En concreto, le impuso seis meses de prisión condicional a la ex pareja del denunciante y estableció diez días de plazo para que se inicie la revinculación entre el hijo y su padre. Hace una semana, la defensa de la condenada había asegurado que el menor no quiere tener contacto con su papá.

“El dolo específico, que fue negado por la defensa técnica, se encuentra en el conocimiento y la voluntad por parte de D. de impedir el contacto de L. con su padre. Dicha férrea y tenaz voluntad, llevada al extremo de ser contumaz, fue aceptada por D., quien sabía que T. tenía el derecho de contactarse con su hijo”, destacó el magistrado en la sentencia.

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El juez detalló en su sentencia que ese derecho “que fue reconocido por un régimen de visitas y pese a ello justificó su voluntad en la negativa del niño, constituyendo esta afirmación en una voluntad arbitraria y abusiva y sin razón alguna que la justificara”.

A la hora de dar sus argumentos, el juez hizo un recorrido por los testimonios de los distintos funcionarios judiciales intervinientes en el proceso, entre los que se destacan integrantes de la Oficina de Atención a la Víctima, Defensoría de Menores y Juzgado de Familia.

Algunos de los puntos que resaltó el responsable de elaborar la sentencia tienen relación con la judicialización del caso. “El argumento más cruel lo lanza (la madre) como si nada. Su hijo está mal y se angustia y se enferma y se descompone cuando T. inicia alguna acción tendiente a contactarse con él. Esta ‘judicialización’ de L., según sus términos, es lo que lo enferma. Igual argumento utiliza (la psicóloga Mariela) Geldres, que es realmente llamativo para una profesional de sus quilates. Entonces a T. lo condenamos al ostracismo, no puede hacer absolutamente nada para ver a su hijo, ninguna vía legal puede utilizar porque enferma a su hijo”, se quejó el magistrado.

La sentencia no está firme y la defensa anticipó que irá al STJ. Mientras tanto, la parte querellante, que fue llevada adelante por el abogado Guillermo Moyano, resaltó el valor del fallo judicial y puntualizó que es la primera sentencia de este tipo en la provincia.

Hay un segundo proceso en marcha

De acuerdo con lo informado por la parte querellante, además de la sentencia condenatoria de esta semana, hay otra causa penal abierta por impedimento de contacto, que se desarrollará el 6 de septiembre.

El abogado Guillermo Moyano enfatizó que hubo un criterio coincidente con el fiscal Martín Pezzetta y la defensora de Menores Alicia Merino en cuanto a la acusación en contra de la madre del niño, y que el juez César Gutiérrez Elcarás puso énfasis en las pruebas y testimonios aportados por los acusadores.

Por otra parte, el magistrado minimizó el juicio de alimentos y puso en duda los reclamos de la defensa, resaltando que el padre no depositó la cuota por un breve período de tiempo.

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