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La carta que puede evitar el castigo a los cipoleños por el incendio

El propio Procurador General consideró que, para acusarlos por un delito con penas de hasta 10 años de cárcel, debe probarse que hubo intencionalidad.

En las horas previas a la imputación de seis personas por ser coautoras del delito de incendio en El Bolsón, entre las que hay varios cipoleños, el procurador general Jorge Crespo describió la metodología de análisis que tendrá la Justicia para el caso y aseguró que es posible que no haya delito. “La expectativa del Ministerio Público es avanzar con una investigación prolija para conocer la efectiva situación de las personas y a partir de allí evaluar la pena correcta al hecho”, manifestó el jefe de los fiscales.

Crespo dijo que comprender lo sucedido permitirá saber si el análisis judicial se encuentra frente a un delito doloso, que se caracteriza por la intencionalidad del acto, uno culposo o la inexistencia de delito. Por caso, el artículo 186 del Código Penal, establece penas de entre 3 y 10 años de cárcel por incendio de bosques. Sin embargo, aclaró: "Es un delito doloso, tiene que haber intencionalidad para que se de esa sanción penal".

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Los seis sospechosos de haber prendido la fogata que derivó en el incendio de miles de hectáreas fueron acusados por ese artículo, por lo que la fiscalía deberá probar negligencia e intencionalidad. “Puede ser que determinadas conductas que llevamos a diario los ciudadanos no configuren delito pero sí configuren otro tipo de responsabilidades, caso la responsabilidad civil o administrativa”, manifestó Crespo, según reprodujo el sitio Bariloche 2000.

El procurador expresó que la investigación Penal permitirá determinar "si hubo delito o no" y, en caso de considerar que el caso no puede tener un castigo penal, "la investigación servirá de prueba para posibles acciones civiles que quieran realizar los damnificados".

En el análisis de los escenarios posibles, Crespo no pasó por alto el caso del dolo eventual, que comprende el momento en el que la persona conoce el peligro de su accionar, pero actúa con indiferencia. "También podemos estar ante este escenario en torno al hecho".

Las seis personas acusadas, oriundas de Cipolletti y Fernández Oro, fueron imputadas por prender una fogata para cocinar, muy cerca de un pinar y en condiciones climáticas que incrementaban el riesgo de incendios forestales. Al dejar el lugar, no apagaron bien las llamas.

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