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La ambulancia se demoró y Salud debe pagar $300 mil

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Cuarta Circunscripción con asiento en Cipolletti declaró "inadmisible" un recurso de casación que interpuso la provincia de Río Negro para evitar el pago de unos 300 mil pesos en concepto de "daño moral".

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Cuarta Circunscripción con asiento en Cipolletti declaró “inadmisible” un recurso de casación que interpuso la provincia de Río Negro para evitar el pago de unos 300 mil pesos en concepto de “daño moral”. La demanda fue entablada por la familia de una mujer que murió en Cinco Saltos luego de la importante demora de una ambulancia en llegar a su domicilio.

El proceso todavía no está cerrado y se espera una nueva presentación ante el Superior Tribunal de Justicia, que resolvería en forma definitiva el pedido de las partes. De acuerdo con lo informado por el Poder Judicial, los familiares de la persona fallecida pretenden una indemnización por “la falta del adecuado servicio de ambulancia”.

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Proceso
Tres apelaciones tras la sentencia

El fallo de la Cámara cipoleña no está firme y se presume que habrá una nueva presentación del gobierno debido a que ya se elevaron tres apelaciones en contra de la sentencia inicial del juez civil Alejandro Cabral y Vedia, quien se pronunció a favor de las hijas de la fallecida.

La muerte de la mujer ocurrió el 30 de agosto de 2009 y la ambulancia se demoró casi 2 horas, según la instrucción.

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