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La AFIP prorrogó los embargos a las pymes

Se publicó en el Boletín Oficial y será hasta el próximo 30 de junio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este miércoles la prórroga hasta el 30 de junio próximo de la suspensión de embargos a las micro, pequeñas y medianas empresas, a través de la resolución general 4705/2020 publicada en el Boletín Oficial.

De esta manera, la decisión extiende por dos meses el plazo previsto anteriormente en la normativa. La medida apunta a amortiguar el impacto económico de la pandemia del coronavirus sobre la actividad económica.

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Según la AFIP, alrededor de un millón de empresas que cuentan con el certificado Mipyme se verán alcanzadas por la suspensión de la traba de medidas cautelares.

Se prorroga la feria fiscal

La AFIP también convalidó la prórroga de la feria fiscal hasta el 10 de mayo próximo, y extendió hasta esa fecha la suspensión de las exclusiones del monotributo, a través de las resoluciones generales 4703 y 4704/2020 publicadas hoy en Boletín Oficial.

En la primera resolución se precisa que al extender la feria fiscal no podrán hacerse determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, precisó la dependencia oficial.

De esta manera, la AFIP prorrogó la vigencia de la feria fijada anteriormente, en línea con la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio.

La decisión no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos, sino que la feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.

A lo largo del período definido no se suspenden las acciones de la AFIP, no obstante lo cual durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

En la segunda resolución, y con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, la AFIP dispuso la suspensión de las exclusiones de monotributistas correspondientes a abril. La medida extiende al mes corriente la decisión que definió no realizar los cruces sistémicos durante marzo.

El organismo también estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante abril.

Según indicaron, las dos medidas beneficiarán a más de 3,6 millones de los inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

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