Emergencia Sanitaria en Villa Regina
El incumplimiento de lo ordenado en la ordenanza de referencia será sancionado con clausura preventiva de 15 días corridos.
Se recuerda además que la citada ordenanza, en su Artículo 5º, establece que: A) los cafés, bares y restaurantes podrán funcionar retirando de sus locales el 50% (cincuenta por ciento) de las mesas y ventilando el mismo cada una hora. B) los supermercados, bancos, oficinas públicas y privadas deberán prevenir el ingreso gradual de personas a fin de evitar el peligro de contagio.
En caso de efectuarse dichas actividades, los comerciantes o responsables, deberán informar a los ciudadanos, a través de cartelería que deberá ser expuesta en los lugares de ingreso a los mismos, los riesgos que implica la asistencia a esos lugares.
El incumplimiento de lo ordenado en la ordenanza de referencia será sancionado con clausura preventiva de 15 días corridos.
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