Confirman pena leve de 4 años para un violador
El Superior Tribunal de Justicia de la provincia confirmó una sentencia de la Cámara Segunda de Cipolletti, que había condenado a un hombre por el delito de abuso sexual. Lo particular del proceso es que el acusado debe cumplir sólo 4 años prisión efectiva por la violación a una adolescente.
El 1º de febrero de 2016, un tribunal cipoleño resolvió condenar a un hombre identificado con las iniciales G.A.O. a la leve pena de 4 años de cárcel por encontrarlo autor penal y materialmente responsable del delito de abuso sexual de una adolescente de 16 años. Contra ese fallo, la defensa interpuso un recurso de casación.
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El acusado fue llevado a juicio oral por hechos ocurridos en una fecha que no pudo determinarse con exactitud, pero presumiblemente en el mes de abril del año 2014, sin poder precisar los horarios. En ese contexto, el imputado “abusó sexualmente de la menor con acceso carnal”, destacaron desde el Poder Judicial.
El defensor impugnó que para los fines de la determinación del monto de la pena el tribunal del juicio ponderó como agravante el hecho de que O. comenzó un “juego de seducción” desde que la menor tenía 12 años de edad “cuando ello no es posible en virtud de que esas circunstancias no integraron la descripción fáctica de la requisitoria ni de la acusación”.
Por su parte, el STJ, al momento de declarar “mal concedido” el recurso de casación, precisó que “el tribunal merituó las circunstancias mencionadas como conducta precedente del ilícito hacia la víctima, lo que -a contrario de lo dicho por el recurrente- se corresponde con la primera parte del inciso 2º del artículo 41 del código de fondo (la conducta precedente)”.
En este contexto, las situaciones mencionadas fueron valoradas como “conducta anterior”, pues se manifiesta como un indicio de mayor oposición al derecho y también tiene relación con el hecho concreto.
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