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Confirman condena por abusar de la nieta de su ex

El hecho ocurrió en Villa Manzano. El acusado recibió un año de prisión en suspenso, por lo que no fue preso. De todos modos apeló la sentencia y el Tribunal de Impugnación lo rechazó.

El Tribunal de Impugnación (TI) confirmó la condena de un año de prisión en suspenso a un hombre por haber manoseado a la nieta adolescente de su expareja. La pena se la impuso la jueza María Caruso Martín y no llevó a prisión al acusado en esta instancia, pero le ordenó el cumplimiento de pautas de conducta para no terminar tras las rejas.

El ataque se produjo en la localidad de Villa Manzano, entre mayo de 2018 y mayo de 2020, cuando la víctima, que tenía entre 13 y 14 años, se quedaba a dormir con su abuela, que vivía con el acusado.

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Una madrugada en que los tres dormían en la misma cama, el hombre identificado como OA, le tocó los pechos a la adolescente por debajo de la ropa. La niña se despertó al sentir que era tocada y se cambió de habitación.

Poco después le confió a una prima todo lo sucedido, quien se lo comunicó a su propia madre, que a su vez se lo refirió a la mamá de la víctima, persona que decidió presentar la denuncia. Así narró los hechos el fiscal Santiago Márquez Gauna en la acusación presentada, que contó con la adhesión de la defensora de Menores, Alicia Merino.

OA fue acusado por el delito de “abuso sexual simple” y la jueza Caruso Martín lo declaró culpable a fines del año pasado. En el juicio surgió que el hombre le demostraba afecto a la jovencita y le hacía regalos. Aunque también se ventiló que le sugería encuentros a solas más íntimos.

Ahora le queda la instancia del Superior Tribunal de Justicia.

Una casa como fondo

En la etapa de Cesura la Fiscalía y el abogado particular Fernando Consigli, que reclamó con énfasis su inocencia, alcanzaron el acuerdo de pena que no fue objetado por la víctima ni por la defensora de Menores, Alicia Merino, por lo que fue avalado por la magistrada.

Pero Consigli insistió en despegar del hecho a su defendido y presentó una impugnación del fallo. Advirtió "arbitrariedad y absurdidad manifiesta".

Cuestionó la declaración de la prima de la menor y remarcó contradicciones que observó en lo manifestado por ella en cámara Gesell. Objetó asimismo la labor de la psicóloga que atendió a la niña por no haberle realizado dos test: el “del hombre bajo la lluvia" y el de la "figura humana”. Según el defensor “eran esenciales para detectar abuso sexual infantil”. También reclamó considerar el testimonio de la abuela, que dijo que no le creía a la nieta y le quitaba responsabilidad al acusado.

Según su teoría, que afirmó fue desacreditada por la jueza, la denuncia contra OA estuvo motivada con el fin de sacarlo de la casa de su pareja para que se quedara con ella la mamá de la menor víctima.

La fiscalía lo descartó. Destacó que la mujer vivió entre siete y ocho meses con su mamá, porque se había quedado sola, y "siempre con la intención de irse a otro lugar".

"No había ninguna intención de quedarse con la casa, y si esta era la intención, era trabajo de la defensa acreditarlo", expresó Márquez Gauna.

Recomendaciones al abogado defensor

En su voto rector, el juez Miguel Ángel Cardella destacó que el testimonio de la niña fue considerado “coherente” en la sentencia, en la que “no se advierte ninguna patología, ni tendencia a la manipulación y/o fabulación”. resaltó que no había ninguna animosidad contra el hombre pues ella se perjudicó al perder los privilegios que le ofrecía.

El magistrado también defendió la declaración de la prima, a quien le contó lo padecido. El defensor había detectado contradicciones entre lo dicho por una y otra. Pero Cardella advirtió que era una demanda extemporánea y que lo debió presentar en el desarrollo del juicio.

“Debió confrontar los datos que su prima dio en cámara Gesell con su testimonio, tarea que no llevó adelante, al no controvertir los datos dados por la testigo que ahora quiere revisar”, cuestionó.

En cuanto al testimonio de la abuela de la víctima, Cardella aclaró que le costaba escuchar e interpretar las preguntas y que tenía problemas de memoria. Defendió al acusado y dijo que no le cree a su nieta. Pero confirmó el “contexto en que ocurrió el hecho”.

Finalmente, el juez contestó la crítica respecto a la labor cumplida por la psicóloga forense y la no realización de los dos test. Sostuvo que “podría haber aportado un perito de parte y solicitarlo” dado que si bien la carga de la prueba la tiene el MPF, sí el defensor intenta probar una teoría distinta, debe acreditarlo”.

La postura de Cardella fue acompañada por los otros dos jueces integrantes del tribunal, María Rita Custet Llambí y Carlos Mohamed Mussi.

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