Condenado por manosear a su hija adolescente
Un hombre identificado con las siglas CNS admitió que manoseó a su hija de 16 años y fue condenado a tres años de prisión en suspenso. No irá preso en esta instancia, pero tiene que cumplir pautas de conducta, entre ella un curso de masculinidades, para evitar que le revoquen la condicionalidad de la sanción.
El hombre fue imputado por “abuso sexual simple agravado por ser cometido por ser el encargado de la guarda y contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente y por el vínculo”.
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La acusación fiscal indica que el ataque se produjo el 7 de enero del año pasado, poco antes del mediodía, en un domicilio de Cipolletti, cuando la adolescente se encontraba en un dormitorio de la planta alta de la casa que compartían, y su padre se acostó al lado de ella y la tocó “de manera inverecunda”.
La menor se asustó y bajó a la planta baja, y luego le contó lo que había sucedido a su madre, quien presentó la denuncia en la Subcomisaría 79, de las 1.200 Viviendas.
El caso derivo en un juicio abreviado consensuado entre la fiscal Adjunta, Jesica Montenegro y el defensor General, Marcelo Caraballo, que requirió la confesión de CS y la aceptación del castigo.
La víctima fue consultada al respecto y estuvo de acuerdo con las condiciones definidas en el arreglo.
Aclaró que no quiere que su padre vaya preso ya que es su interés retomar el vínculo con él, por lo que tampoco quiso que le impusieran una medida restrictiva de acercamiento. Manifestó además que quería controlar la ejecución de la pena.
En tanto que la defensora de Menores, Alicia Merino, que intervino al iniciarse el proceso, presentó su excusación de continuar participando dado que la chica cumplió la mayoría de edad.
La resolución de la causa convenida por las partes fue avalada por el juez Marcelo Gómez, quien consideró que “el encuadre legal es el ajustado y también la pena de 3 años de prisión, que es el mínimo posible”, y que S no cuenta con antecedentes penales computables.
Como pautas de conducta el magistrado estableció que, por el lapso de dos años, el hombre debe realizar una capacitación en violencia de género que dicta el municipio local, denominado curso de masculinidades. Tampoco debe cometer nuevos delitos, fijar domicilio, no abusar de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes en la vía pública y presentarse al Instituto de Asistencia de Presos y Liberados cada dos meses para informar sus condiciones de vida.
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