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Bariloche y Dina Huapi pasaron a la etapa de distanciamiento social

Eran las únicas localidades de Río Negro que, hasta este fin de semana, seguían en aislamiento. Ahora tendrán mayores flexibilizaciones, pero los Municipios no brindaron mayores detalles al respecto.

El Decreto 1033/2020, publicado este lunes en el Boletín Oficial confirma la nueva fase de la cuarentena en todo el país que durará hasta el 31 de diciembre.

En esta normativa, también, se indica que salieron del aislamiento las localidades de Bariloche y Dina Huapi, en Río Negro, y Puerto Deseado, en Santa Cruz, que hasta ahora eran los únicos lugares que permanecían con restricciones más estrictas.

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Si bien todavía queda que los gobiernos provincial y municipal comuniquen las medidas específicas para cada jurisdicción, desde el portal AN Bariloche indicaron que la vicejefa de Gabinete del Municipio, Marcela Adbala, adelantó en medios locales que la circulación en la vía pública se extenderá hasta las 2 am; y se lleva el horario de cierre en comercios esenciales y no esenciales hasta las 23, mientras que para los gastronómicos será hasta la 1. Asimismo, confirmó que se habilitarán reuniones sociales al aire libre con un máximo de 20 personas.

De acuerdo a la normativa que ya había anunciado el presidente Alberto Fernández, durante la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las instrucciones sanitarias básicas continúan vigentes: las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades.

En tanto, el decreto prohíbe los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.

También se permite la práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen menos de 10 personas y que permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los participantes.

El texto también destaca que "si un gobernador o una gobernadora de Provincia advirtiere una señal de alarma epidemiológica o sanitaria en un aglomerado urbano, departamento o partido determinado de su jurisdicción, podrá requerir, con el fin de proteger la salud pública, que dicho aglomerado, partido o departamento se excluya de las disposiciones del distanciamiento social, preventivo y obligatorio en forma preventiva, y pase a ser alcanzado por las normas del aislamiento social, preventivo y obligatorio".

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