La Mansión de la polémica en un oasis rionegrino: qué resolvió la Justicia tras orden de demolición y posterior apelación
Los propietarios de la lujosa vivienda presentaron una medida cautelar y la Cámara de Apelaciones Civil se expidió. Los argumentos del fallo.
La Cámara de Apelaciones Civil resolvió hacer lugar a una medida cautelar presentada por los propietarios de la mansión construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba. El tribunal ordenó a la Municipalidad de Roca no avanzar con la demolición del inmueble mientras continúe la discusión judicial sobre la legalidad de la obra.
Los jueces revocaron una decisión de primera instancia que había rechazado el pedido de los dueños. Concluyeron que existía un riesgo concreto de que una eventual demolición volviera inútil la sentencia definitiva que deberá dictarse más adelante.
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Según la resolución, los camaristas entendieron que las circunstancias cambiaron desde el rechazo anterior, ya que los propietarios acreditaron actuaciones administrativas posteriores que podrían habilitar al Municipio a ejecutar directamente la destrucción de la vivienda.
Para la Cámara, si el inmueble fuera demolido antes de resolverse el fondo del litigio, el objeto mismo de la causa desaparecería y cualquier decisión posterior perdería efectividad.
Los magistrados remarcaron que la demolición genera consecuencias materiales difíciles de revertir, por lo que consideraron procedente dictar esta medida preventiva.
La resolución aclara que el tribunal no se pronunció sobre la legalidad o ilegalidad de la vivienda, ni sobre la validez de los actos administrativos municipales. Por tal motivo, la Cámara dispuso una prohibición de innovar y ordenó al Municipio abstenerse de ejecutar actos de demolición, remoción o alteración sobre las construcciones existentes hasta que exista una sentencia definitiva.
Una construcción que el Municipio considera irregular
La vivienda se encuentra emplazada al sur del río Negro y desde hace más de un año es objeto de una disputa. El conflicto comenzó en julio de 2024, cuando la Municipalidad de Roca consideró que la construcción violaba la normativa vigente para ese sector protegido y ordenó su demolición.
La decisión estuvo acompañada por una multa superior a los 12 millones de pesos, impuesta por el Juzgado de Faltas, por vulnerar la ordenanza municipal de preservación del área natural. Los propietarios rechazaron la medida, sostuvieron que la vivienda formaba parte de un proyecto turístico e impulsaron distintas presentaciones administrativas y judiciales.
La segunda orden de demolición
Mientras la controversia avanzaba, el Municipio aplicó astreintes (sanciones económicas) para forzar el cumplimiento de la orden. Posteriormente, en agosto de 2025, la jueza de Faltas Estefanía Rivero volvió a ordenar la demolición efectiva del inmueble al considerar que persistía el incumplimiento.
La magistrada dispuso que las áreas técnicas municipales intervinieran para concretar los trabajos. Esta decisión fue apelada por los propietarios y forma parte de los antecedentes analizados por la Cámara. La resolución conocida ahora no deja sin efecto la orden de demolición ni determina quién tiene razón.
Lo que hace es impedir que el Municipio avance con las topadoras mientras la Justicia analiza la cuestión de fondo. En otras palabras, la casa seguirá en pie por el momento.
Una disputa que sigue abierta
La causa judicial gira en torno a una vivienda construida dentro de un sector protegido, donde el Municipio sostiene que la obra se realizó en violación de la normativa ambiental y urbanística vigente. Los propietarios, por su parte, cuestionan las resoluciones administrativas. Con el fallo de la Cámara, la ejecución de la medida quedó suspendida, aunque la controversia principal aún deberá resolverse mediante una sentencia definitiva.
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