Usurpó un terreno, construyó una casa y se tuvo que ir: se llevó el techo y las aberturas
La ocupante levantó una vivienda de ladrillos y el legítimo dueño de la tierra la reclamó judicialmente.
Una mujer usurpó un terreno en Balsa Las Perlas. Fue a principios de febrero de 2021 y lo hizo de manera subrepticia, de manera que su propietario no lo pudiera evitar.
Posteriormente llevó ladrillos y otros materiales de construcción y levantó una vivienda con cuatro paredones, techo de chapa y ventanales.
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La ocupante, identificada como GLP, se quedó a vivir en el lugar, y fue imputada por el delito de usurpación, dado que el legítimo dueño presentó una denuncia y nombró a un abogado querellante, con el fin de recuperar el inmueble que había sido despojado.
Arreglo por las buenas
La causa tuvo continuidad en una audiencia realizada en noviembre del año pasado, en la que el fiscal Guillermo Ibáñez junto a Roberto Berenguer, defensor de la acusada e Iván Chelía, por la querella, acordaron la restitución de la propiedad.
La devolución debía concretarse el 21 de marzo último, de acuerdo al compromiso que asumió GLP, tras cuatro años de permanencia. Sin embargo en esa fecha no se pudo hacer efectiva debido a que por motivos laborales tuvo que viajar a la ciudad de Salta.
Pidió recuperar materiales
Aunque en una nueva audiencia efectuada el 3 de abril último la mujer hizo entrega de las llaves del candado que protegía el inmueble. Ese fue su último día en el hogar que erigió en un sitio ajeno sin considerar las consecuencias negativas que se le podían avecinar.
De todos modos pidió retirar lo que pudiera de los materiales empleados en la edificación, como las aberturas y las partes del techo, por lo que presentó un listado de lo que pretendía y solicitó que confirmaran el día y la hora en que podría proceder al desarme de la estructura.
El abogado Chelía, en nombre de su cliente y a título de gestor, recibió la llave y el inventario de lo que se llevaría, por lo quedó cumplida la palabra empeñada por la ocupante.
El fiscal Ibáñez coincidió en eso y concluyó que el conflicto había quedado resuelto, por lo que requirió que se sobreseyera la imputada por la extinción de la acción penal aplicando el criterio de oportunidad, un método alternativo para solucionar controversias sin llegar a un juicio, contemplado Código Procesal Penal.
El querellante no objetó el planteo. Se lo comunicó por teléfono a su abogado, participante en la sala. Mientras que el defensor Berenguer, como era de esperar, también acompañó el pedido de sobreseimiento de su asistida.
El juez Guillermo Baquero Lazcano aceptó lo requerido y dictó el fallo como lo planteaban las partes. “Consideré que se había acreditado que la acusada cumplió con el acuerdo que puso fin al conflicto”, expresó en el fallo. Además declaró que, como se lo indica el Código Penal, la tramitación de la causa “no afectó su buen nombre y honor” de la imputada.
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