Todo mal con los vecinos: "Hdp dejá de hacer ruido, te voy a matar"
Un hombre y su hijo -ambos mayores- fueron denunciados por una mujer que dijo que la amenazan y hostigan. La Justicia de Paz dictó medidas para protegerla.
Una mujer de Cinco Saltos denunció en la policía a dos vecinos -padre e hijo- por violencia de género. Asevera que la amenazan y la hostigan permanentemente y que teme que pueda ser víctima de agresiones físicas.
La presentación la hizo el último 30 de noviembre en la Comisaría de la Familia de esa ciudad y luego hizo una ampliación en una audiencia realizada en el Juzgado de Paz local, cuyo titular Enzo Espejo advirtió que, de acuerdo a su relato, “existen indicadores de violencia”, por lo que debía dictar medidas para protegerla.
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Mencionó que la vecina describió amenazas “con la clara intención de causar daños en la integridad física de la denunciante”, como también “la existencia de actos de vigilancia constante y control de acciones”.
"Acosada todo el tiempo"
Agregó que "me siento acosada todo el tiempo a través de miradas y vigilando todas las cosas que hago o dejo de hacer" y destacó que en una ocasión "... sale este masculino (no precisa si el padre o el hijo) gritando Hdp… dejá de hacer ruido, te voy a matar”.
No se describe en la documentación judicial el motivo del conflicto, pero por su tenor quedó comprendido en lo que establece la Ley provincial 4650, que adhiere a la Nacional 26485, que regula la “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres”.
Como primera medida, Espejo ordenó a ambos hombres la prohibición de acercamiento tanto en forma personal como a la vivienda de la denunciante, como tampoco deberán realizarle todo tipo de actos molestos y agravios. La pauta incluye mensajes de texto o por redes sociales. Les aclaró también a los dos que en caso de incumplimiento serán acusados de desobediencia de una orden judicial y deberán responder al Ministerio Público Fiscal.
Pero además dispuso requerir a la Fiscalía Descentralizada local para que intervenga en el proceso y poner en conocimiento al Juzgado de Familia de turno, a la Comisaría 7ma y a la Comisaría de la Familia.
Podrán requerir asistencia médica o psicológica
Por otra parte, el magistrado también estableció que tanto la víctima como los denunciados deberán recurrir, en caso que lo requieran “asistencia médica o psicológica, a través de los organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil con formación especializada en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres”.
Les indicó concurrir “de manera inmediata” al servicio de Salud Mental del hospital local o a un establecimiento médico de similares características.
Asimismo les hizo saber que las medidas dictadas tendrán una vigencia de 60 días, plazo que quedará a consideración del Juez de Familia de Turno, que lo podría modificar.
En esa instancia deberán contar con patrocinio letrado y designar un abogado particular o, en caso de carecer de recursos, podrán asistir a las Defensorías de Pobres y Ausentes para acceder al Servicio de Asistencia Legal Gratuita.
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