Desvalijó una peluquería, cumplió una probation y zafó
Una mujer domiciliada en Bariloche que desvalijó una peluquería del barrio Don Bosco de Cipolletti fue sobreseída después de haber cumplido las pautas impuestas en una Suspensión de Juicio a Prueba, conocida como probation.
El hecho ocurrió minutos antes de las 6 de la madrugada del 26 de noviembre de 2021, cuando Anahí Evelin Bahamondes Norambuena y otra persona que no fue identificada rompieron la vidriera del salón Lettu y se apoderaron de tres cortadoras de cabello de distintas marcas y tamaño y cinco esmaltes para uñas. Escaparon, pero a dos cuadras de distancia la mujer fue atrapada con el botín en su poder, mientras que su cómplice logró escabullirse.
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Bahamondes Norambuena fue imputado por el delito de robo, pero en una audiencia realizada el 31 de mayo del año pasado le concedieron el beneficio de la Suspensión de Juicio a Prueba con una serie de medidas de comportamiento que debía acatar por el lapso de un año.
Entre las pautas, le ordenaron pagar 1.500 pesos en tres cuotas a la damnificada en concepto de reparación. Además, debió fijar domicilio en el barrio 645 Viviendas de Bariloche e informar en caso de mudarse; presentarse cada dos meses en el Instituto de Presos y Liberados de esa ciudad y no cometer nuevos delitos.
Sobreseída
Recientemente el defensor Oficial Juan Pablo Piombo, quien asistió a la acusada, pidió su sobreseimiento con el argumento de que cumplió con las pautas impuestas en el acuerdo, además de haberse cumplido el plazo.
Por su parte, la fiscal Adjunta, Andrea Bravo, no manifestó objeciones al requerimiento, si bien aclaró que la mujer no cumplir en su totalidad las pautas establecidas, pues no asistió a todas las presentaciones que le habían ordenado.
En tanto que destacó que no registraba antecedentes penales, de acuerdo a un informe recibido del Registro Nacional de Reincidencias.
La jueza Rita Lucía consideró el pedido coincidente manifestado por la Fiscalía y la Defensa y dictó el sobreseimiento planteado.
Explicó que lo resolvió dada la falta de confrontación de las partes, por lo que como jueza debe ajustarse a lo peticionado, y valoró que Bahamondes Norambuena no cometió nuevos hechos delictivos.
En la resolución también consignó que el proceso “no afectó el buen nombre y honor gozados con anterioridad” por parte de la mujer, tal como lo establece el Código Penal rionegrino.
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