Denunció que la ex de su ex fue a su trabajo y le dio un golpe en la cabeza
Dos mujeres mantienen un serio conflicto por un hombre. La Justicia de Paz ordenó la prohibición de acercamiento a la supuesta agresora, entre otras medidas.
Una mujer estaba en su trabajo y de repente apareció otra mujer, que había sido ex pareja de un hombre con quien ella había mantenido una relación sentimental.
La visita no fue para nada amistosa, según indicó en una denuncia policial que presentó el último viernes 13, porque aseguró que no solo la hostigó y la insultó, sino que también le dio una golpe en la cabeza.
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El incidente ocurrió en San Antonio Oeste. En la presentación dijo que la acusada identificada como MAC fue pareja de SOA, con quien ella mantuvo un noviazgo de cerca de un año, pero que actualmente se encuentran separados.
El hecho derivó en el inicio de una causa en el marco de la Ley 3040 -de “Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares”-, que fue girada al Juzgado de Paz de la localidad portuaria, donde ya había antecedentes por denuncias entre las partes.
En esta oportunidad, el titular subrogante del juzgado, Federico Garriga Lacaze, dispuso dictar medidas de protección para “prevenir, sancionar y erradicar la violencia familiar y de género”.
Aclaró que si bien en este caso no existe entre las partes un vinculo familiar directo, “la relación afectiva del denunciante con su pareja, quien fuera anteriormente pareja del denunciado, resultaría ser la causa” del conflicto desatado entre ambas mujeres, por lo que entendió que correspondía aplicar las medidas previstas en la Ley 3040 para frenar los episodios de violencia.
Prohibición de acercamiento a la víctima
Entre las reglas de conducta que la supuesta agresora deberá cumplir, el magistrado le ordenó a MAC que “deberá abstenerse de ejercer actos de violencia” contra la denunciante en cualquiera de sus formas. Incluye producir incidentes, agravios en la vía pública ni en lugares públicos o privados. Tampoco puede realizar publicaciones en redes sociales haciendo mención a los hechos o brindar datos que vulneren el derecho de privacidad. Le aclararon que en caso de existir publicaciones referidas al conflicto, deberán ser eliminadas.
A esas pautas de conducta preventivas, que tendrán vigencia por el lapso de 90 días, en el fallo también se agregó la prohibición de acercamiento de MAC en un radio de 100 metros de la otra mujer, tanto de su domicilio como de su lugar de trabajo.
La resolución le advierte que en caso de incumplimiento la acusarán del delito de desobediencia judicial. Destaca el documento judicial que las pautas se podrían modificar o ampliar, y ser comunicadas al “lugar de trabajo, estudio, asociación profesional, organización sindical y otras organizaciones sociales a las que pertenezca” la persona denunciada.
Por otra marte, el magistrado comunicó a las partes que deberán adoptar “los recaudos que estimen necesarios a los fines de resguardar su integridad psicofísica” sin incurrir en nuevos episodios de violencia. Y en caso de que alguna incumpla las medidas dictadas, la otra deberá realizar la correspondiente denuncia.
Lo resuelto debía ser comunicado al Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9 de San Antonio Oeste y a la Comisaría de la Familia.
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