Condenaron a dos policías que balearon a un joven en la cabeza: siguen libres y con trabajo
El hecho ocurrido en 2020 en Costa Norte, en el que cayó herido la víctima, que salvó su vida de milagro. Los efectivos seguirán en la fuerza con "readecuación de tareas".
Dos policías de Cipolletti fueron condenados a un año y cuatro meses de prisión en suspenso por haberle dado un disparo en la cabeza a un joven que salvó su vida de milagro, pero que sufrió graves secuelas, durante un operativo que se realizó hace casi cuatro años atrás en el barrio Costa Norte en 2020, en plenas restricciones de la pandemia de Covid.
La pena, consensuada entre la Fiscalía y la Defensa, no los lleva tras las rejas, aunque deberán cumplir pautas de conducta y, por el término de seis meses, quedaron inhabilitados para cumplir tareas de seguridad y prevención. No obstante podrán seguir trabajando en la fuerza, cumpliendo tareas readecuadas.
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Los uniformados sentenciados son Damián Alejandro Barona, y a Oscar Germán Coronel. El primero fue asistido por el abogado Iván Chelía, y el restante por el defensor Oficial Marcelo Caraballo.
Ambos policías admitieron haber gatillado su arma reglamentaria, pero no se pudo determinar cual de los dos fue el autor del balazo que causó las heridas, que le provocó al muchacho que perdiera el habla.
Los responsabilizaron por el delito de “lesiones gravísimas en agresión agravadas por el empleo de arma de fuego”.
Mientras que un tercer efectivo, Leandro Orlando Pastene, representado por Carlos Vila, fue absuelto por falta de pruebas. Hubo otro acusado, de apellido Rojas, que fue desvinculado del caso en la etapa preparatoria.
El fallo dictado por el juez Guillermo Baquero Lazcano, surgió tras el juicio realizado semanas atrás que demandó cinco largas audiencias, en la que declararon cerca de 20 testigos, además de la presentación de diversas pericias, algunas de ellas efectuadas por Gendarmería Nacional.
En su resolución, el magistrado apuntó a la falta de “preparación y capacitación del personal policial para enfrentar situaciones extremas y evitar con ello, que se incurra en abusos policiales y/o de exceso por imprudencia, miedo, etc”.
Sostuvo que los mismos efectivos pudieron haberse lesionados entre ellos “por fuego “amigo” dado el cruce de disparos que se registró.
Una moto, una persecución y la balacera
El terrible incidente ocurrió el 9 de agosto de 2020, alrededor de las 20:30, cuando recibieron un llamado en la Comisaría 4ta que alertaba acerca de que habían escuchado detonaciones de armas de fuego, y mencionaban a un hombre que se movilizaba en una moto presuntamente armado. Suponían incluso que había una persona herida de bala o muerta.
Fue un móvil de esa unidad con Pastene, Coronel y el cabo Vilal como chofer (no fue acusado) y otro con Barona y Rojas, del Cuerpo de Seguridad Vial, que concurrió por la cercanía ante el llamado de colaboración.
Al ingresar al barrio se encontraron con un hombre el moto, quien se bajó y corrió en dirección a una chacra vecina a un conocido colegio privado, donde se produce una persecución y la balacera que termina con Franco Cabrera, de 20 años, con un tiro en la cabeza. La bala, con orificio de salida, le había ingresado por la nuca. Es decir de atrás hacia adelante.
La víctima salvó su vida de milagro. Estuvo largo tiempo internado en el hospital Pedro Moguillansky hasta que pudo recuperarse. Luego se mudó a la provincia de Misiones.
En la extensa investigación se tejió la hipótesis de que se había registrado un enfrentamiento, pero no se pudo acreditar. A mediados de 2021 cuatro policías fueron imputados, aunque uno de ellos luego fue desvinculado del caso.
Acusados aceptaron acuerdo de pena
El juicio contra los tres uniformados se realizó los días 10, 11, 12, 13 de febrero y 18 de Marzo de 2025 en los tribunales cipoleños, y estuvo a cargo del juez Baquero Lazcano, mientras que por parte de las fiscalía actuaron el fiscal Jefe Santiago Márquez Gauna; la fiscal Eugenia Vallejos y la Adjunta Vanina Bravo.
El magistrado, al inicio de las audiencias, instó a las partes a dialogar en busca de salidas alternativas. El primero que avanzó en un arreglo fue Barona, quien aceptó la propuesta de un año y cuatro meses de prisión en suspenso, la inhabilitación especial y las pautas de conducta.
Sin bien en principio con Coronel no hubo entendimiento dado que su defensor insistía en su inocencia, luego hubo un cambio de postura y admitió su responsabilidad, aunque si bien reconoció haber disparado, no se adjudicó el tiro que hirió a Franco Cabrera.
En tanto que en el caso de Pastene -quien había sido condenado anteriormente por un “homicidio culposo"- la fiscalía retiró la acusación por el beneficio de la duda, y pidió su absolución, con la obvia adhesión de su defensor.
El magistrado avaló lo resuelto con Pastene, dado que debe ajustarse a lo que define la Fiscalía. Mientras que tampoco expuso objeciones con respecto a la propuesta alcanzada con Coronel y Barona, los declaró culpables y les impuso el castigo de un año y cuatro meses de prisión en suspenso, más la pena de inhabilitación especial por seis meses para desempeñar funciones como policías de seguridad o de prevención y el pago de las costas del proceso.
Ambos policías además tendrán que cumplir pautas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio; someterse al control del Patronato de Presos y Liberados, con presentaciones bimestrales en una sede judicial más próxima a sus domicilios; no abusar de bebidas alcohólicas ni de drogas ni cometer otros delitos.
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