Peluquera zafa de ir presa por kiosco narco
Una peluquera de Allen y su pareja, un albañil, fueron llevados a juicio por regentear un supuesto kiosco de drogas en la toma La Unión y recibieron condenas de tipo condicional. El proceso se desarrolló en el Tribunal Oral Federal de General Roca.
La investigación surgió a partir de un seguimiento realizado por la Policía provincial, que detectó un importante movimiento de personas en una vivienda situada sobre calle Arrayanes, en Allen. El ir y venir de vecinos en el sitio derivó en un pedido de allanamiento, llevado a cabo el 17 de mayo de 2014 y que terminó con el secuestro de un poco más de 200 gramos de marihuana y dinero en efectivo.
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Por el hecho, fueron imputados por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización los dos ocupantes de la casa: un hombre de 26 años y su pareja, de 24. Ambos llegaron a juicio y se resolvió realizar un debate en forma abreviada. Entre las pruebas en contra de los imputados se recordó el procedimiento policial y la distribución de la droga, en un modular, sobre la heladera y debajo de un termotanque. También se encontraron varias semillas de cannabis sativa.
Como ocurre con otras causas penales, la fiscalía no encontró elementos concretos sobre una supuesta comercialización de droga y decidió cambiar la calificación. En ese marco, la parte acusadora y la defensa coincidieron que los allenses debían ser juzgados por un delito menos grave como la tenencia de estupefacientes.
Tras el cambio de imputación, los dos acusados se vieron beneficiados y les impusieron penas leves de un año de prisión condicional, en el caso de la mujer, y de tres años para su pareja debido a que se hizo una unificación de castigos con otra condena de 2 años y 4 meses por tenencia de arma de guerra.
Tanto la defensa como los dos imputados se mostraron de acuerdo con la sentencia dictada por el Tribunal.
Sin pruebas, sólo tenencia simple
Desde el TOF se recalcó que la tenencia de la marihuana no revelaba la intencionalidad de venderla. “Es unánime la jurisprudencia en la materia respecto de que frente a la ausencia de una comprobación de la finalidad de comercio de estupefacientes ni tampoco la de consumo personal, habrá de estarse a la figura de tenencia simple”, indicaron en la sentencia.
Además del castigo en suspenso, la peluquera y su pareja deberán cumplir varias pautas de conducta durante el tiempo que dure la pena.
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