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Ordenan a Educación garantizar la escolarización de niños de sala de 4

La Cámara de Apelaciones en lo Civil dio lugar a un amparo presentado por Unter y ordenó que en un plazo de 5 días se arbitren los medios para las escolarización.

El juez Marcelo Gutiérrez, integrante de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti, resolvió una acción de amparo que interpusieron funcionarios locales del Consejo Provincial de Educación (supervisoras de las dos zonas de nivel inicial) y el representante sindical del gremio Unter.

El camarista, en la parte resolutiva, le ordenó al Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la provincia de Río Negro que en el plazo de cinco días efectivice por los carriles administrativos correspondientes el acceso a la educación y la escolarización de los niños y niñas que deben concurrir a los Jardines Nivel Inicial de 4 años en la ciudad de Cipolletti.

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La sentencia aún no está firme puesto que se puede recurrir a la segunda instancia que en este caso es el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.

En el informe final desde el Ministerio de Educación y Derechos Humanos se indicó que:

a) en la ciudad de Cipolletti existen sin escolarizar 40 niños.

b) no obstante ello, se afirma que existiría un total de 94 vacantes en los jardines enumerados.

c) según la autoridad educativa, el organismo no asigna el establecimiento, sino que los padres eligen a que institución envían a sus hijos.

d) que sería función de las Supervisiones de Nivel Inicial informar a los padres y madres sobre las vacantes que existen en cada establecimiento, para que estos puedan elegir.

e) que si tales funcionarias incumpliendo con sus misiones y funciones no informen y/o instruyan y/o concreten la inscripción de los niños en los Jardines con vacantes disponibles, el Ministerio instrumentará la comunicación y/o concreción de las inscripciones como corresponde.

f) que acogiendo un pedido de padres, se creó una sección más de nivel inicial, dependiente del Jardín Nº 2, y la creación de un cargo de maestro de sección y un cargo de preceptor; los que no habrían sido cubiertos por razones gremiales. Ello implicaría, según se informa, la creación de otras 23 vacantes que se sumarían a las anteriores.

La sentencia lleva fecha de 6 de septiembre de 2016.

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