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Inventaron un falso robo para tapar que la despidieron por estar embarazada

Los empleadores intentaron engañarla y justificar su despido. Se trata del primer fallo con perspectiva de género en Cipolletti.

La justicia cipoleña falló a favor de una mujer que fue despedida tras informar que transitaba un embarazo. Los empleadores intentaron engañarla y justificar el despido con un supuesto robo, pero no lo pudieron probar. El fallo fue denominado como de avanzada por considerar la perspectiva de género.

La Cámara Laboral dictó el fallo que contempló la situación de una trabajadora despedida por estar embarazada. Según indicaron, ella se desempeñaba como cajera en un comercio y la firma empleadora alegó un faltante de dinero, pero no probó la responsabilidad de la mujer. De forma inmediata rescindieron su contrato cuatro días después de informar que cursaba el quinto mes de gestación. Se trató del primer fallo donde quedó explícita la perspectiva de género.

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La sentencia consideró que la trabajadora había notificado su situación de embarazo, a pesar de que el certificado médico tiene fecha posterior al despido. Los jueces consideraron que existen antecedentes jurisprudenciales que han considerado insuficiente la sola notificación del embarazo sino se acompaña el certificado médico con la indicación y la fecha probable de parto. De todas formas, el fallo contiene un párrafo en el que se consigna que el análisis de este caso “debe efectuarse con especial atención a la Perspectiva de Género que exige reconocer especial tutela a la mujer durante el embarazo”.

Los jueces advirtieron que el despido de la trabajadora fue inmediata y a consecuencia de la notificación del embarazo, puesto que esa situación se comunicó por telegrama el 16 de septiembre de 2016 y el despido se comunicó cuatro días después, es decir el 20 de septiembre “sin que se diera siquiera tiempo a la trabajadora de acompañar la Certificación Médica correspondiente.

Se acreditó que incluso antes de la notificación telegráfica, la situación de embarazo ya era conocida en el ámbito laboral no solo por sus compañeros sino también por la parte empleadora.

Respecto de la causa del despido la empleadora dijo que fue una faltante de dinero en una de las cajas del comercio. Los magistrados sostuvieron que no se ha acreditado la configuración material de la injuria y menos la autoría personal de la trabajadora.

Los magistrados al admitir que el despido fue por la situación de embarazo aplicaron la indemnización agravada que prevé la Ley de Contrato de Trabajo para proteger a la mujer. Ese ítem contempla el pago de 13 sueldos, además de los otros rubros reclamados. La suma total es de 334.812 pesos más intereses.

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