El clima en Cipolletti

icon
22° Temp
20% Hum
LMCipolletti

Docentes presentan reclamo administrativo

Los autoconvodos se concentrarán hoy a las 11:30 en la Supervisión de Cipolletti.

Cipolletti.- En el marco del rechazo generalizado de las resoluciones inconsultas del Ministerio de Educación de la provincia, docentes autoconvocados se concentrarán hoy martes 14 a las 11:30 horas en la Supervisión de Cipolletti (calle Mengelle 1550) para hacer entrega del reclamo administrativo solicitando medida innovativa a los fines de la suspensión de la resolución 1185/13 y que oportunamente se declare la nulidad absoluta e insanable de la parte impugnada de la resolución en crisis.

A continuación transcribimos pasajes del recurso administrativo:
*"(...)la Resolución impugnada contraviene el estatuto docente y el derecho de enseñar y aprender, ya que le obliga a una persona que tiene otras funciones - y que no tiene competencia, atribuciones y/o aptitud- a  estar a cargo del aula,  pudiendo dictar tareas disciplinares propias de un docente titulado en una determinada especialidad(...)"
*"(...)Pedagógicamente, por su parte, la Resolución impugnada pretende que todos puedan hacerse cargo de "aplicar" una actividad de otra disciplina, lo que implicaría que no fueran necesarios docentes formados en cada una de las materias, sino solo personas que diagramen las actividades y otros que controlen en el aula(...)"
*"(...)la Resolución impugnada no sólo NO se encuadra al ordenamiento jurídico, sino que –mediante su dictado-  el CPE persigue- encubiertamente- otros fines distintos de aquellos que pretende justificar, contrariando así el artículo 12 inc. a) de la Ley 2938 y justificando  así su declaración de nulidad (art. 19 inc. b Ley 2938)"
*"(...)se observa que el CPE –a través de la Resolución Nº 1185/13 con la excusa de “ocupar las horas libres de los y las estudiantes” no hace otra cosa que ejercer un arbitrario, ilegal y encubierto  ius variandi hacia los preceptores y preceptoras, el/la bibliotecaria, el/la ayudante de clases, el/la referente TIC`s, y restantes trabajadores y trabajadoras de la educación(...)"
*"(...)La legitimidad del ejercicio del ius variandi está subordinada a: la no alteración sustancial del trabajo; la ausencia de perjuicio material; y deben mediar razones objetivas derivadas de  la organización que obligan a tomar esa medida, requisitos estos que se violan palmariamente con la Resolución impugnada(...)"

Docentes regionales autoconvocados Alto Valle

Dejá tu comentario