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Declaran culpable al policía acusado de torturas y abuso

Lo resolvió este lunes el Tribunal de Juicio. El monto de la pena se debatirá en la instancia de cesura. El delito prevé condenas de prisión efectiva.

El policía cipoleño Cristian Caumuillán, acusado de torturas y abuso fue declarado culpable este lunes por la tarde. El monto de la pena se debatirá en la etapa de cesura.

El Tribunal de Juicio estuvo integrado por María Florencia Caruso, Marcelo Gomez y Sonia Martín coincidieron en que la fiscalía y la querella habían probado su teoría del caso y descartaron la hipótesis propuesta por la defensa.

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Respecto de esta última se centró en lo que el abogado particular que representó al principal acusado entendió como “mentiras y traiciones” por parte de testigos que integraban la fuerza policial para perjudicar a su cliente.

Los magistrados coincidieron en que la versión de descargo del imputado y las evidencias aportadas por esa parte no lograban desacreditar a las pruebas de los acusadores.

“No sólo quiso demostrar su poder sino también una venganza” por lo ocurrido, señaló la presidenta del Tribunal, agregando que la víctima hasta el día de hoy sufre las consecuencias de lo sufrido aquella madrugada.

Se recuerda que el hecho por el cual tanto la fiscalía a cargo del fiscal jefe Santiago Marquez Gauna como la querella representada por Rafael Cucchinelli solicitaron la culpabilidad del acusado ocurrieron la madrugada del 17 de mayo de 20202, cuando las víctimas ingresaron a una cocina de un templo religioso con intenciones de robar.

En esos momentos el acusado los escuchó e intervino dando la voz de alto y logrando reducirlos pero posteriormente - y ya encontrándose uno de ellos boca abajo - le introdujo un objeto accediéndolo carnalmente mientras que a la segunda víctima la habría golpeado provocándole múltiples heridas.

La calificación en la cual se encuadró el caso es la de torturas, delito que prevé penas que son indefectiblemente de cumplimiento efectivo. En la continuidad del proceso, las partes disponen de cinco días hábiles para ofrecer las pruebas que consideren pertinentes de cara a la segunda etapa del juicio, es decir, la audiencia de cesura donde se debatirá sobre el monto de la pena a imponer.

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