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Condenan al maestro del Jardín 85 por los abusos

Sólo fue juzgado un caso y el docente de música seguirá libre.

Se conoció la primera sentencia por abusos en el Jardín 85 del barrio El Manzanar, y el tribunal, por unanimidad, condenó al maestro Carlos Meza a la pena de tres años en suspenso. De esta forma, el docente no irá preso, pero todo queda supeditado a lo que sucederá en los próximos juicios.

El cuerpo juzgador integrado por Pablo Repetto, Guillermo Baquero Lazcano y César Gutiérrez Elcarás se pronunció por la culpabilidad de Meza, quien estaba acusado del delito de abuso sexual de un menor de cuatro años de edad, agravado por ser el encargado de la educación.

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El fallo se leyó ayer pasado el mediodía y fue seguido atentamente por los padres de la víctima. No estuvo presente el acusado, que será notificado de la primera condena en su contra.

“La prueba valorada en este voto es la que me permite tener por cierto y probado que Carlos Richard Meza cometió el hecho delictivo por el que ha sido juzgado”. Presidente del Tribunal Cuerpo integrado por ex jueces de la Cámara Segunda

En este proceso, la Justicia se concentró en un solo caso, de un niño de 4 años. Entre las pruebas incriminantes, se tuvieron presentes las revelaciones realizadas por el menor a su mamá, la abuela y una psicóloga. En Cámara Gesell, no se pudo obtener su relato sobre lo que sucedía en las clases de música, explicaron fuentes allegadas a la causa.

A la hora de los alegatos, la defensa mencionó esta situación y a la vez, revalorizó el testimonio de Carlos Richard Meza, quien dijo que era incapaz de cometer un abuso contra un niño.

Pero los jueces no le creyeron al acusado y fueron contundentes al referirse sobre su responsabilidad penal: “Todo esto apunta junto al resto de la prueba al único sentido posible: el hecho de abuso denunciado existió y su autor es el acusado Carlos Meza. Su descargo, como anticipé, no resiste el menor análisis en este proceso”.

Además de la prisión en suspenso, el tribunal le impuso a Meza diez años de inhabilitación para el ejercicio de la docencia y una serie de pautas de conducta, entre las que se destacan someterse al control del Patronato de Presos y Liberados y fijar un lugar de residencia.

La causa

“Este es el proceso madre”

En la sentencia, los jueces destacaron la valentía de la familia de la víctima y apuntaron que “la acusación que se le formuló (a Meza) es escindible perfectamente de los hechos de igual tenor denunciados con posterioridad y varios meses después. Este es el proceso madre por así decirlo, el primero y cuando lo denunció, el único interés que estaba en juego, era proteger a su hijito, no buscó perjudicarlo, buscó la verdad, por eso primero acudió a la Dirección del Jardín, y luego hizo lo propio ante la Fiscalía”.

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