Le compró zapatos al hijo y "a los pocos minutos" se les "desintegró" la suela
La clienta aseguró que el calzado quedó inutilizado con el primer uso y que desoyeron sus reclamos. El Juzgado de Paz condenó al comercio a pagar un monto mucho mayor al valor del producto.
Una clienta de Neuquén se llevó una enorme decepción al advertir que los zapatos de reconocida marca y calidad que le había comprado a su hijo en un comercio del centro de Cipolletti quedaron destruidos a poco de comenzar a usarlos.
La mujer impulsó una demanda por menor cuantía en el Juzgado de Paz local asistida por el abogado José Menéndez, luego de haber reclamado la devolución del dinero e intentar una mediación sin obtener resultados, según apuntó.
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En la presentación dijo que la compra la realizó el 15 de febrero del año pasado en una zapatería de la calle Roca casi Miguel Muñoz. Eran un par de Kickers para que su hijo utilizara al ir al colegio a partir de los exámenes de febrero y el resto del año lectivo. Pagó por ellos 34.941 pesos.
Sin embargo, aseguró que “a los pocos minutos de usarlos, el calzado se volvió inutilizable ya que la suela se desintegró quedando solo la mitad de la misma en el zapato”.
La cliente sostuvo que volvió al comercio a reclamar y que “no sólo se le negó la devolución del dinero, sino que además tuvo que ir en varias oportunidades al local, ocasionándole gastos y pérdida de tiempo, trato de que a su entender es indigno”.
Agregó que también le negaron la cancelación de la compra “poniendo excusas y condiciones infundadas”.
Ante la falta de respuestas contrató al abogado, quien la instruyó para enviar una carta documento en la que reiteró el pedido de la devolución del dinero, la que no tuvo respuestas, afirmó.
Recalcó finalmente que “no le dieron una respuesta favorable como consumidora” y lamentó que “le faltaron el respeto de forma tal que no fue más”.
Además, aseguró que tuvo que adquirir en otro lugar un nuevo par de zapatos.
Resarcimiento a la cliente por "sufrir vergüenza"
En la demanda resaltaron que se produjo un “daño moral” sufrido al no recibir respuestas al reclamo por la devolución del dinero, dado que tanto la clienta como su hijo “debieron soportar la afectación espiritual que alteró la paz de ambos”.
Pero además le sumaron “la vergüenza que debió soportar (el chico) el día del examen cuando se le desarmaba la suela del zapato”.
Como prueba presentaron el ticket de la compra, por 34.941 pesos, fotos del calzado y el acta de cierre de la mediación.
En tanto que exigió un resarcimiento de $336.500, monto compuesto por: daño patrimonial, $35.000; gastos de viajes desde Neuquén (nafta y estacionamiento), por $12.000; costo carta documento, $9.500; daño extrapatrimonial $60.000 y daño punitivo $220.000.
Ofrecimiento rechazado
La jueza Gabriela Montorfano convocó a las partes a una audiencia de conciliación realizada el 7 de noviembre del año pasado. La representante de la zapatería contestó la demanda verbalmente (in voce).
Manifestó que “jamás” se negaron a cambiar el producto o a devolverles el dinero, “si eso hubiese solucionado la situación”.
En cambio, recalcaron que “se sucedieron agresiones y amenazas telefónicas hacia las empleadas y la propietaria “sin el ánimo de conciliación”.
Explicó que se le pidieron que se acercara con el cupón de pago anular el pago efectuado con una tarjeta de crédito y devolverle el importe, pero que eso “no ocurrió”. También dijo que hubiera podido trasladar la queja a Grimoldi, la firma fabricante.
En esa instancia ofreció "sin reconocer hechos ni derechos", la devolución del dinero previo a la presentación del cupón de pago de la tarjeta de crédito, que fue realizado en tres cuotas.
Pero el abogado de la cliente rechazó el ofrecimiento realizado, por lo que la causa siguió su curso.
Defensa sin pruebas
Al analizar el conflicto, Montorfano dio por acreditado el vínculo entre la compradora y la vendedora y encuadró el caso en una relación de consumo regulada por el Código Comercial y Civil de la Nación y la Ley N° 24.240, de Defensa del Consumidor.
Sostuvo que en la conciliación el representante de la zapatería demandada rechazó las acusaciones y dio una versión distinta, aunque “no acompañó ni produjo ninguna prueba”.
“Esto tiene por consecuencia que, en la búsqueda de la verdad de lo sucedido, solamente se cuenta con la prueba rendida por la parte actora”, indica el documento judicial.
Destacó en la misma línea su interés en citar a Grimoldi, aunque “no explicó en qué carácter, ni brindó los datos necesarios para una eventual notificación y -principalmente- no instó la citación”.
La condena al comercio
La magistrada estableció que la clienta estaba habilitada a efectuar la demanda dado que el producto comprado resultó defectuoso, lo que está previsto en la normativa.
Consideró procedente el daño patrimonial y el gasto de la carta documento, aunque aclaró que no correspondía la suma reclamada por los viajes, dado que no presentó comprobantes.
En definitiva, Montorfano condenó a la zapatería a pagarle a la clienta $324.441 más intereses, monto compuesto por $44.441 en concepto de daños patrimonial; con más $60.000 por daño extrapatrimonial; $220.000 por daño punitivo.
En el fallo dictado el último lunes y que puede ser apelado, la jueza dispuso que el pago se debe efectuar dentro del lapso de 10 días. Además, estableció que la misma zapatería deberá hacerse cargo de las costas y los honorarios de los abogados: $372.498 para el representante de la denunciante y $319.284 para el de la parte demandada.
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