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Ataque al médico de Campo Grande: desestiman la impugnación de la defensa

El hombre que fue condenado por atacar a un médico de Campo Grande durante la cuarentena no logró revertir el fallo que lo dejó en prisión. Marcelo Fievet fue hallado responsable por tentativa de homicidio y le aplicaron una pena de once años.

El hombre que fue condenado por atacar a un médico de Campo Grande durante la cuarentena no logró revertir el fallo que lo dejó en prisión. En el juicio Marcelo Fievet fue hallado responsable por tentativa de homicidio y le aplicaron una pena de once años. El Tribunal de Impugnación rechazó los planteos de la defensa.

El 15 de octubre de 2020 a la medianoche, y en pleno aislamiento social, preventivo y obligatorio, el médico Jaime Vega recibió tres disparos en el rostro cuando bajaba de la ambulancia. En ese momento, el vehículo estaba estacionado en el hospital de Campo Grande luego de trasladar a un paciente hasta Roca. El chofer y la enfermera que habían viajado con el profesional presenciaron el ataque, que también fue registrado por una cámara de seguridad.

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Según la acusación, Marcelo Fievet esperó la llegada del médico y le disparó mientras la víctima se encontraba de espaldas a él, sin posibilidades de defenderse. El condenado le reprochaba su desempeño con un paciente que era familiar suyo y había fallecido.

El tribunal que hizo el juicio en Cipolletti lo halló responsable por tentativa de homicidio calificado por alevosía agravado por el uso del arma de fuego y en concurso ideal con la portación de ese revólver.

Médico Campo Grande
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Fievet se encontraba con prisión preventiva desde la formulación de cargos y recibió once años de prisión.

La defensa particular impugnó la sentencia. Cuestionó los plazos legales, algunos testimonios, la calificación legal y hasta el agravante del arma de fuego. Planteó que el revólver no había sido secuestrado durante la investigación y que la prueba de parafina dio negativa para su cliente.

El Tribunal de Impugnación consideró que las partes habían convenido, cuestión que además quedó demostrada, que las heridas que recibió la víctima fueron con arma de fuego y, en segundo lugar -como explicó el fiscal- la prueba de parafina no es un método que se siga utilizando en investigaciones y, en todo caso, el barrido electrónico era inaplicable por el tiempo que demoró la investigación hasta hallar al imputado.

Finalmente, el Tribunal no hizo lugar a la impugnación ordinaria interpuesta por la defensa de Fievet.

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