STJ rechazó otro recurso extraordinario federal de la defensa de Francisco González
Cipolletti.- El Superior Tribunal de Justicia declaró inoficioso el recurso extraordinario federal interpuesto por el Dr. Oscar Raúl Pandolfi en representación del imputado Francisco González.
El STJ resolvió en los autos caratulados “González, Francisco Javier S/ Queja (en: 'Soria, Martín I. s/Denuncia s/Incidente de inconstitucionalidad s/Apelación')”. Consta en las actuaciones judiciales que mediante Sentencia Interlocutoria Nº 94, del 24 de mayo de 2011, la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma resolvió -en lo pertinente- declarar la inconstitucionalidad del inc. b) del art. 11 de la Ley de Ministerios Públicos Nº 4199, revocando el auto interlocutorio rechazando la nulidad planteada.
Contra ese rechazo de nulidad, la defensa del imputado Francisco Javier González dedujo recurso de casación, cuya denegatoria motivó su queja ante este Superior Tribunal. Por Sentencia Nº 275/11, este Cuerpo resolvió declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto y, luego de su revisión integral, confirmar el interlocutorio atacado. Contra esa decisión el doctor Oscar Raúl Pandolfi, en representación del imputado González, dedujo recurso extraordinario federal, ahora rechazado. Para el STJ, “el impugnante no cumple con la totalidad de los requisitos reglamentarios contemplados en la Acordada Nº 4/07 del máximo Tribunal ni rebate con eficacia las conclusiones vertidas en la resolución que impugna, dado que su crítica se limita a cuestionar aspectos ya analizados y decididos por este Tribunal, sin aportar argumentos suficientes para demostrar la hipotética conculcación de los derechos que alega.
Tampoco acredita la arbitrariedad de la sentencia puesta en crisis, todo lo que obstaculiza el progreso de los agravios.” Destacó el Máximo Tribunal Provincial “en el recurso analizado se reiteran aquellas mismas impugnaciones, las que vuelven a basarse en la misma opinión subjetiva del presentante, por lo que es evidente que los agravios no pueden prosperar porque ya han recibido adecuado tratamiento y respuesta por parte de este Cuerpo, sin que la defensa proporcione argumentos nuevos suficientes no sólo para rebatir las razones que motivaron el rechazo del remedio casatorio, sino siquiera para fundar adecuadamente la cuestión federal y la arbitrariedad que alega.”
(Fuente: mediosstj)
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