Fallo ejemplar contra un municipio que cobraba tasas municipales a un barrio sin los servicios básicos
La Justicia falló en contra del Ejecutivo que de manera insólita cobraba tasas municipales por servicios esenciales que no brindaba.
El Juzgado Contencioso Administrativo de Roca declaró la inconstitucionalidad del cobro de tasas municipales en el barrio conocido como Colonia 12 de Octubre de Allen, donde habitan decenas de familias. La resolución surge a partir de una acción presentada por la Asociación Civil Árbol Río Negro, que cuestionó la legalidad de los tributos por la falta de servicios básicos.
La Justicia concluyó que la Municipalidad de Allen no presta de manera plena, continua ni proporcional los servicios que respaldarían el cobro de tasas. Según el fallo, gran parte del predio carece de agua potable, suministro eléctrico regular, gas, cloacas, alumbrado público y mantenimiento vial.
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Si bien un sector conocido como “Toma 14 de Enero” recibe algunas prestaciones parciales, el juez consideró que estas son insuficientes para sostener la validez del cobro.
Servicios y derechos constitucionales
El magistrado recordó que los servicios públicos deben prestarse de forma continua, permanente y accesible, y que el precio abonado por los contribuyentes debe ser justo y proporcional. En este caso, no se demostró una relación razonable entre las tasas reclamadas y los servicios efectivamente brindados.
Además, el fallo destacó que, aunque las familias de la Colonia 12 de Octubre se encuentran asentadas en forma irregular, ello no justifica la falta de acceso a servicios esenciales, ya que se trata de un mandato constitucional.
Alcance de la resolución
La sentencia determinó que el cobro pretendido por la Municipalidad de Allen no cumple con los parámetros fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ni por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que establecen que las tasas municipales solo pueden aplicarse cuando existe una prestación efectiva, concreta y divisible.
En consecuencia, se declaró la inconstitucionalidad de la imposición, determinación y cobro de las tasas por Vialidad Rural, Servicios Retributivos e Inspección de Baldíos previstas en la Ordenanza N.° 030/1978, al considerar que afectan el derecho de propiedad de la Asociación Civil Árbol Río Negro.
Antecedente reciente en la Justicia
Este caso no es el único conflicto judicial en torno a los tributos municipales en Allen. En febrero de este año, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro resolvió a favor de los contribuyentes en una causa por el aumento de tasas aplicado de manera irregular por el Ejecutivo municipal. El máximo tribunal ordenó reintegrar el 50% de lo cobrado al establecer que el cálculo de los tributos había soslayado el procedimiento legislativo correspondiente.
La controversia se originó en la resolución 01/2024 del año pasado, que avaló un veto del intendente Marcelo Román sin respetar las facultades del Concejo Deliberante. El STJ declaró la nulidad de esas disposiciones y recordó que la competencia en materia impositiva pertenece al cuerpo legislativo local.
El fallo también obligó al municipio a afrontar más de 2 millones de pesos en concepto de honorarios y costas. De esta manera, el antecedente marcó un fuerte revés judicial para la gestión de Román y expuso una pulseada política que terminó en los tribunales.
De esta manera, este nuevo fallo por la Colonia 12 de Octubre afecta directamente a los ingresos de la Municipalidad de Allen y por ende también a la actual gestión, la cual afronta una emergencia económica y política.
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