Por ahora, Kielmasz no tendrá salidas de prisión
"La presente sentencia niega las salidas a (Claudio)Kielmasz, pero no implica que a futuro se tome la misma medida". Así inició el juez Juan Pablo Chirinos las conclusiones del extenso fallo en el que determinó no otorgar el beneficio de las salidas transitorias al único condenado por el triple crimen de María Emilia y Paula González y Verónica Villar. Más que una aclaración, la afirmación del juez de Ejecución Penal puede entenderse como un adelanto, ya que en el fallo enumeró varios puntos a favor del pedido de Kielmasz, cuestionó la metodología de las pericias psicológicas que se le realizaron y ordenó su traslado desde la U9 de Neuquén capital a la cárcel de Roca, de menor complejidad.
Chirinos dio a conocer ayer su sentencia en torno al pedido de salidas transitorias efectuado por Kielmasz, que había motivado una presentación de la familia de las hermanas González, para que se denegara el reclamo.
"Por lo hecho fue juzgado y sentenciado, pero eso no puede ser tomado en cuenta al momento de la ejecución, pues esta mira hacia adelante, por lo hecho por el sujeto desde la entrada al penal", fundamentó Chirinos. El magistrado roquense consignó, en ese sentido, que Kielmasz "reúne todos los requisitos para acceder a las salidas peticionadas".
Por ello, el resultado de las pericias psicológicas efectuadas por peritos de parte y del poder Judicial resultó clave para la negativa. Sin embargo, Chirinos planteó reparos a la metodología utilizada y ordenó la realización de un nuevo informe sobre la patología de Kielmasz.
Chirinos detalló que "el diagnostico del imputado es ´portador de una personalidad psicótica´". Pero luego dijo que los peritos utilizaron dos sistemas diferentes de evaluación para llegar al diagnóstico. Por eso, además de rechazar las salidas a Kielmasz dispuso "elaborar un informe detallado en el que se establezca el correlato existente entre el trastorno antisocial de personalidad sobre la base de una estructuración esquizoide y la psicopatía".
Pero además, Chirinos refirió que "nuestro derecho penal se sustenta en la responsabilidad por el acto y no por las características personales del autor del hecho, a Kielmasz se lo juzgó por el hecho que cometió, pero ahora se pide que no salga de la cárcel por lo que es. Esta dicotomía no puede ser admitida, pero entiendo que a la fecha no se cuenta con elementos suficientes para terminar de resolver el punto.
Por todo ello, Chirinos denegó a Kielmasz la posibilidad de obtener salidas transitorias, aunque planteó numerosos reparos y dio indicios sobre la posibilidad de que sí pueda acceder al beneficio en un futuro no muy lejano.
El fallo causó satisfacción en la querella
El fallo "responde al pedido de la familia", se aseguró.
El abogado de la familia González, Marcelo Hertzriken Velasco, aseguró que "se hizo lugar a los pedidos de peritos y se concedió a lo que decíamos (nosotros) de que (Kielmasz) no está en condiciones de salir" de la cárcel. El querellante sostuvo además que "se resolvió rechazarlas e internarlo en otro lugar de detención, para tratamiento adecuado".
Hertzriken Velasco dijo que "la sentencia es extensa y fundada y responde al pedido de la querella y los peritos. Y pide nuevas pericias por su cuadro esquizoide. Y tratar la enfermedad, si es necesario". En ese sentido, el juez Chirinos aseguró que "sólo el 5 por ciento" de las personas con patologías similares a las de Kielmasz logran avances significativos a través del tratamiento médico.
El abogado de la familia planteó en torno a las pericias que "el informe es tan contundente que Kielmasz puede pedir lo que quiera, pero es tan categórico que no margen para que vuelva a la libertad, sea con salidas transitorias o con libertad condicional".
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