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"Re enamorado de vos": Imputaron a un docente por acosar a una alumna de 13 años

El acusado tiene 67 años y contactaba a la niña simulando ser un joven. Los padres de la menor lo denunciaron. Este lunes le formularon los cargos por grooming en tribunales de Cipolletti.

Un hombre de 67 años de edad, oriundo de Cipolletti, fue imputado por grooming, definición del delito consistente en el "acoso sexual a niños, niñas y adolescentes a través de medios digitales".

Según la acusación descripta por el Ministerio Público Fiscal en la audiencia efectuada durante la mañana de este lunes en los tribunales locales, el acusado habría contactado a una adolescente de 13 años haciéndose pasar por un joven, con la presunta intención de cometer un delito contra la integridad sexual.

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Según relató la representante fiscal, el hecho que se le atribuye ocurrió entre septiembre y noviembre de 2024 cuando el hombre se hizo pasar por un joven y contactó a la menor, con quien tenía relación de profesor y alumna.

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Un hombre fue acusado de abusar de su hijastra, pero fue producto de una falsa denuncia. La causa se tramitó en los tribunales de Cipolletti.

Un hombre fue acusado de abusar de su hijastra, pero fue producto de una falsa denuncia. La causa se tramitó en los tribunales de Cipolletti.

“Algunos mensajes fueron escritos en tercera persona y otros en primera, dado a que el señor decía ser el intermediario entre ambos jóvenes”, remarcó la fiscal.

Expresó que algunos mensajes manifestaban la frase “re enamorado de vos, pongámonos las pilas para diciembre falta poco, vos me habías dicho para tu cumple en febrero, yo dije antes en diciembre quiero estar con vos", evidenciándose el propósito de cometer un delito contra la integridad sexual de la niña.

La calificación legal de los hechos constituyen el delito de grooming, siendo responsable a título de autor de conformidad con los artículos 131 y 45 del Código Penal.

Pruebas que lo incriminan

Entre el sustento probatorio, la fiscal remarcó la denuncia de los progenitores, la Cámara Gesell de la niña en la que relata los hechos y el teléfono celular del hombre secuestrado durante un allanamiento en el que se comprobó en un primer informe que tenía el número agendado y un mensaje en respuesta lo que da a entender que borró las conversaciones.

La Defensora de Menores adhirió a los hechos y a la evidencia mencionada por fiscalía, mientras que la Defensora Oficial que asistió al sospechoso rechazó la calificación diciendo que el hecho no reúne las características de precisión que exige este tipo de delito.

La jueza de Garantías dio por formulado los cargos dando inicio a la etapa inicial reparatoria por el plazo de cuatro meses.

Hasta cuatro años de cárcel

El delito de Grooming fue reconocido mediante la Ley nacional 26.904, que incorpora el Artículo 131 al Código Penal. Este apartado destaca que “será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.

En la provincia de Río Negro, las primeras causas se iniciaron entre el segundo semestre de 2017, a partir de la aplicación del nuevo Código Penal, mientras que a principios de 2019 el procurador General, Jorge Crespo, dictó un protocolo de actuación en las investigaciones por delitos informáticos. Fue un documento que surgió como resultado de un trabajo realizado con la organización no gubernamental "Mamá en línea", abocada a luchar contra esta problemática.

"Su redacción implicó no sólo reglas claras a la hora de avanzar en la resolución de los casos sino además, la posibilidad que quienes sufrieron este tipo de delitos capaciten a los fiscales sobre cómo debe ser, especialmente, el trato con la víctima", se destacó.

Protocolo de investigación

El instrumento legal ubicó a la provincia de Río Negro en una de las primeras del país en aprobar un protocolo de investigación de ciberdelitos, creado a la luz de aquel elaborado por el Ministerio de Seguridad de la Nación en adhesión a la “Guía de buenas prácticas para obtener evidencia electrónica en el extranjero”.

Entre otras pautas específicas de actuación, la disposición impone reglas para la recepción de la denuncia, la atención que debe brindarse a denunciantes menores de edad, las condiciones imperantes en la investigación preliminar y el modo de actuar en los allanamientos.

En este sentido da instrucciones precisas acerca de qué tipo de dispositivos electrónicos deben secuestrarse, cómo manipularlos para evitar pérdida de información y de qué forma garantizar una cadena de custodia que reduzca las posibilidades de futuras nulidades en el marco de la causa judicial.

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