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Crimen de Otoño Uriarte: no encuentran a uno de los imputados

La querella está preocupada porque Maximiliano Lagos no fijó un domicilio para ser notificado y desconocen su paradero.

El 8 de agosto pasado se conoció que el revocó la condena dictada, por el femicidio de Otoño Uriarte ocurrido en 2006. Los cuatro acusados habían sido condenados a cadena perpetua por el crimen y absueltos posteriormente. Por este fallo judicial, la querella y la Fiscalía pidieron la impugnación y la audiencia será el 5 de diciembre, pero hay un acusado que no aparece.

La audiencia tratará las impugnaciones extraordinarias de la Fiscalía, encabezada por Teresa Giuffrida y la querella representada por Martín Palumbo, donde se debatirá contra la sentencia de agosto que absolvió a los cuatro imputados: Maximiliano Lagos, José Jafri, Néstor Cau y Ángel Antilaf.

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Se desconoce el paradero de Maximiliano Lagos

Por ahora hay incertidumbre si se podrá concretar la audiencia del 5 de diciembre, que estaba agendada para las 9 de la mañana en la sala 6 del edificio judicial de Cipolletti. Desde el Ministerio Público Fiscal, informaron que fueron a notificar a Maximiliano Lagos pero no se encontraba en el domicilio registrado en la Justicia y no se sabe su paradero.

El acusado deberá fijar un nuevo domicilio para ser notificado de la audiencia de impugnación y dictaminar sobre la inconformidad de la pena, que puede ser la confirmación, revocación o modificación de la decisión original. En este caso se revisará sobre la absolución de la condena a prisión perpetua para los cuatro acusados originales por el crimen de Otoño Uriarte.

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Maximiliano Lagos no estaba presente en el domicilio fijado en la Justicia. 

Maximiliano Lagos no estaba presente en el domicilio fijado en la Justicia.

La absolución del Tribunal de Impugnación

La decisión del tribunal se fundamentó en objeciones vinculadas a la valoración de la prueba genética, la prueba odorológica y algunos testimonios que habían sido utilizados como sustento central de la sentencia condenatoria.

La sentencia previa, que había impuesto penas de prisión perpetua por el delito de privación ilegítima de la libertad seguida de muerte, fue impugnada por las defensas de Maximiliano Lagos, José Jafri, Néstor Cau y Ángel Antilaf. Los abogados señalaron que se había efectuado una interpretación inadecuada de elementos probatorios relevantes.

Uno de los puntos controvertidos se relacionó con la valoración del ADN hallado en un cabello identificado como “pelo 17”. La sentencia original sostuvo que existía una coincidencia significativa con el perfil genético de José Jafri.

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El crimen de Otoño Uriarte cumplió 19 años el 23 de octubre.  

El crimen de Otoño Uriarte cumplió 19 años el 23 de octubre.

Sin embargo, el Tribunal de Impugnación destacó que esta conclusión no se correspondía con el testimonio brindado en juicio por la perito genetista Belén Rodríguez Cardozo, quien afirmó que las características genéticas observadas excluían categóricamente a Jafri y a cualquier integrante de su línea paterna como posibles contribuyentes de la muestra.

También se pusieron en cuestión las conclusiones extraídas respecto de la muestra genética levantada del nylon que cubría el cuerpo de la víctima. Según el Tribunal de Impugnación, la sentencia condenatoria habría atribuido indebidamente perfiles genéticos concretos a la víctima y a los acusados, cuando en realidad el informe pericial advertía que la degradación de las muestras impedía establecer perfiles identificables con certeza.

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Un peritaje clave en el juicio por Otoño Uriarte, cuestionado

Otro aspecto debatido fue la prueba odorológica realizada con perros rastreadores. El tribunal de juicio de Cipolletti había sostenido que esta prueba ubicaba a los cuatro imputados en contacto con el nylon. El Tribunal de Impugnación advirtió que la pericia odorológica carecía de rigor científico suficiente, debido a las condiciones ambientales extremas a las que estuvo expuesto el nylon y la presencia admitida de falsos positivos. Durante el juicio, los defensores habían señalado que las pruebas no se ajustaban a los estándares que certifican las identificaciones correctas.

También enfatizó que esta prueba indicaría no fue adecuadamente contrastada con los resultados genéticos que evidenciaban una importante degradación.

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Finalmente, se revisó el peso asignado a ciertos testimonios indirectos, especialmente aquellos aportados por testigos que refirieron versiones “de oídas” y cuyas declaraciones presentaban inconsistencias o imprecisiones. El Tribunal de Impugnación entendió que dichos testimonios carecían de sustento probatorio autónomo y no se encontraban corroborados por otras evidencias objetivas que permitieran afirmar la participación de los acusados con el grado de certeza requerido.

El proceso del juicio había evidenciado que el paso del tiempo era un factor clave en favor de la impunidad. En las declaraciones abundaron los "no recuerdo" y los especialistas forenses alertaron, una y otra vez, que las pruebas analizadas no se encontraron en el mejor estado para ser concluyentes. La teoría de la querella, incluso, se modificó con el correr de las audiencias, descartando la postura inicial que apuntaba a un femicidio vinculado a la trata de personas. La abogada Gabriela Procopiw, que representó al padre de la víctima, Roberto Uriarte, abandonó la querella tras el juicio.

A partir de estas observaciones, el Tribunal de Impugnación, por unanimidad, resolvió revocar la sentencia condenatoria y absolver a los imputados. En su parte resolutiva, ordenó además su inmediata libertad. Solo Germán Ángel Antilaf permanecerá en prisión porque cumple condenas por otros delitos.

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