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LMCipolletti condenado

Condenado a 8 años de cárcel por violar a la hija de un amigo mediante rituales esotéricos

El hombre tiene 80 años de edad y se comprobó que cooptó a la víctima desde que era una niña. La defensa había pedido la prisión domiciliaria, pero se la denegaron.

El tribunal compuesto por Alejandra Berenguer, Julio Sueldo, y Guillermo Merlo condenó por unanimidad a Néstor Yiyo Bergallo a ocho años de prisión por haber violado a la hija de un amigo, mediante rituales esotéricos.

El hombre de 80 años de edad, ingeniero agrónomo de profesión e integrante de una conocida familia de Cipolletti, ya había sido declarado culpable por el delito de abuso sexual con acceso carnal en el juicio de responsabilidad realizado semanas atrás.

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Durante el mediodía de este lunes la jueza Berenguer leyó el contenido del fallo en una audiencia que se llevó a cabo por zoom.

Los hechos juzgados tuvieron como contexto una relación marcada por la desigualdad, en la que el acusado ejercía una fuerte influencia sobre la víctima a través de creencias espirituales y prácticas esotéricas.

Durante el debate, se examinó el vínculo entre el acusado y la víctima, quien lo conocía desde su infancia. Según el testimonio principal, el acusado desempeñó un rol central en la vida familiar, con acceso cotidiano al hogar y un vínculo de confianza con los padres de la denunciante.

Guía espiritual y masonería

En ese contexto, se presentaba como guía espiritual y promovía prácticas vinculadas a la masonería- organización a la que decía pertenecer- la purificación del aura y rituales esotéricos.

De acuerdo con la acusación fiscal, el imputado utilizó esas creencias para sostener conductas abusivas durante un período prolongado. Se lo responsabilizó por un hecho ocurrido en la zona de El 30, donde la llevó oculta en su camioneta, en cuyo interior habría tenido acceso carnal sin que la víctima pudiera ejercer su consentimiento de forma libre, debido al estado de sometimiento emocional generado a lo largo de los años.

La joven describió con detalle las dinámicas que caracterizaron el vínculo con el acusado, la progresiva invasión de sus espacios personales, y las consecuencias que esas vivencias generaron en su vida cotidiana.

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Durante el juicio también prestaron declaración familiares, amistades y profesionales de distintas disciplinas. Se incorporaron estudios periciales, informes escolares y testimonios que dieron cuenta de la estructura de influencia que el acusado mantenía en el entorno de la denunciante.

Damián Moreyra, abogado defensor de Bergallo, negó los cargos y sostuvo que existió una relación afectiva y consentida entre personas adultas. Aportó testimonios del entorno del acusado que buscaron desacreditar el relato de la denunciante y cuestionaron la validez de las pruebas ofrecidas por la Fiscalía.

El tribunal evaluó los elementos probatorios y valoró la asimetría en la relación, el contexto de vulnerabilidad y el uso de mecanismos simbólicos que, según se argumentó, condicionaron el consentimiento.

El fallo desestimó el pedido de la defensa para que la pena se cumpla bajo modalidad domiciliaria. La condena quedó fijada en ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, conforme a lo dispuesto en la sentencia que se firmó este lunes. La modalidad de ejecución será determinada por el juez correspondiente.

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