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Patricia Bullrich denunció a Martín Soria: enterate por qué

La precandidata presidencial del PRO apuntó contra el roquense y señaló que ejerció "abuso de autoridad".

Siguen los cruces entre el oficialismo y la oposición, en la previa de las PASO del 13 de agosto. Es que después de la intervención del Gobierno a su fundación, la precandidata a presidente de Juntos por el Cambio, Patricia Bullrich, denunció a Martín Soria.

Durante las últimas horas, el Ministerio de Justicia dispuso intervenir por 180 días hábiles el Instituto de Estudios Estratégicos en Seguridad Asociación Civil (IEES). De inmediato, Bullrich responsabilizó al ministro Soria de perseguirla políticamente y acusó al Gobierno de buscar "correr la atención de su gestión desastrosa".

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La precandidata ya había denunciado al titular de la Inspección General de Justicia, Ricardo Nissen, por "perseguir a las entidades de los opositores", y luego amplió su denuncia contra Soria, a quien le apuntó por "haber ejercido abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público".

Actualmente, la causa está en manos del juez federal Ariel Lijo, encargado de la investigación y, según lo expuesto por la abogada de Bullrich, Silvina Martínez, "lo que se busca es controlar, restringir y potencialmente criminalizar y cerrar las ONG que no sean afines al gobierno kirchnerista".

En su escrito, Martínez preguntó de forma irónica si la intervención consistía en colgar fotografías de Cristina Kirchner y enfatizó en que la denuncia realizada por Nissen está basada en recortes de diarios.

Para la abogada, la causa en contra de Bullrich se manejó "en secreto" y detalló que la intervención se produjo a pesar de que la Justicia rechazara la posibilidad de proceder.

"Desde el año 2014 el Ministerio de Justicia no interviene una entidad civil. 9 años!!! (sic). Ello porque la ley orgánica de la IGJ (22315) establece que el organismo puede solicitar al Ministerio de Justicia de la Nación la intervención en los siguientes casos: 1) si verifica actos graves que importen violación de la ley, del estatuto o del reglamento; 2) si la medida resulta necesaria en resguardo del interés público; 3) si existen irregularidades no subsanables; 4) si no pueden cumplir su objeto. Nada de esto ocurre en el caso", concluyó la abogada.

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