Otorgan indemnización limitada por imprudencia de la víctima
Los familiares de la víctima reclamaban 381.246,62 pesos por daños y perjuicios tarifados. Sin embargo, para el juez Marcelo Gutiérrez, Barra fue responsable “en un 50 por ciento” del accidente, porque la moto en la que circulaba no tenía frenos y no utilizaba casco, lo que pudo agravar las consecuencias de la colisión teniendo en cuenta que un fuerte traumatismo de cráneo originó su deceso.
Según la reconstrucción del hecho, el accidente se produjo cerca de las 8 del 2 de septiembre, cuando Barra cruzaba Saenz Peña, circulando por Urquiza. Ambas partes se desligaron de la responsabilidad del accidente presentando pruebas parciales.
Por ello, si bien el magistrado fijó un resarcimiento mucho menor al reclamado, de igual manera consideró que Salazar fue parte responsable, según la justicia Civil, del accidente que provocó la muerte del joven.
La indemnización, según la sentencia, deberá ser liquidada por la empresa aseguradora del auto de Salazar Chavez, que había alegado que la poliza estaba suspendida por falta de pago. Para Gutiérrez, la empresa no había seguido los pasos necesarios para dar por suspendida la cobertura. Y deberá cumplir con la asistencia acordada.
Los acusados habían deslindado la responsabilidad del accidente en Barra, pero Gutiérrez entendió que Salazar, a bordo de un Ford Fiesta, fue imprudente por no ceder el paso al motociclista, quien tenía prioridad por circular por la derecha y le otorgó la otra mitad de responsabilidad en el accidente. De allí la sentencia, más allá de que el hombre había sido sobreseído en la denuncia de la familia Barra por homicidio culposo.
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